La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha equiparado la condena de inhabilitación de Artur Mas por el caso de la consulta del 9N de 2014 a la de Francesc Homs, y la ha reducido a 1 año y 1 mes de inhabilitación por delito de desobediencia.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha resuelto los recursos de casación interpuestos por el expresidente de la Generalitat de Cataluña Artur Mas, la exvicepresidenta Joana Ortega y la exconsellera de Educación Irene Rigau contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que les condenó como autores de un delito de desobediencia a las penas de multa e inhabilitación especial.
El Tribunal Supremo ha confirmado todos los pronunciamientos de la sentencia impugnada a excepción de la concreta duración de las penas de inhabilitación especial que ha sido reducida quedando establecida en 1 año y 1 mes para Artur Mas; 9 meses para Joana Ortega y 6 meses para Irene Rigau. El TSJ les había condenado a 2 años de inhabilitación (Mas); 1 año y 9 meses (Ortega) y 1 año y 6 meses (Rigau).
Los magistrados desatienden así la petición de la Fiscalía, que pidió confirmar las condenas. El fiscal Jaime Moreno afirmó durante la vista que tuvo lugar en el alto tribunal el pasado 7 de noviembre que lo que ocurrió hace cuatro años "fue un desafío a la legalidad", informa Europa Press.
En el caso del exconseller Francesc Homs, que fue enjuiciado por los mismos hechos en el Tribunal Supremo por su condición de aforado como diputado nacional, la pena de inhabilitación se fijó en 1 año y 1 mes.