El Tribunal de Derechos Humanos de la Unión Europea (TEDH) ha dictado una sentencia en la que concluye que la Audiencia Nacional vulneró los derechos fundamentales del ex portavoz de Batasuna Arnaldo Otegi en el juicio por el 'caso Bateragune', abierto al intentar reconstruir el partido y por el que fue condenado por un delito de pertenencia a la banda terrorista ETA y sigue cumpliendo una condena en firme a 10 años de inhabilitación. No le indemniza, pero le recuerda que puede pedir en España la revisión de aquella sentencia. Justo hoy, además se ha conocido que ETA asume en 758 asesinatos en su último boletín interno.
La sentencia, dada a conocer este martes, declara que se ha producido una vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos -derecho a un procedimiento judicial imparcial- sobre Otegi, Jacinto García, Rafael Díez Usabiaga, Miren Zabaleta Tellería y Arkaitz Rodríguez Torres, todos condenados en aquel procedimiento. El fallo ha sido unánime de todos los miembros del tribunal, entre los que estaba la española María Elósegui.
Por el 'caso Bateragune' Otegi cumplió seis años de prisión y está inhabilitado para ejercer cargo público hasta 2021. El tribunal de Estrasburgo apunta en su sentencia que cuando haya habido una vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, "la forma más adecuada de reparación sería, en principio, un nuevo juicio o la reapertura del caso, a petición de la persona interesada".
Fuentes jurídicas han informado de que Otegi y el resto de demandantes pueden, con esta sentencia de Estrasburgo, presentar recurso de revisión ante el Supremo, que es el tribunal que les condenó en firme por intentar reconstruir Batasuna. Este recurso, regulado tras otra sentencia del TEDH contra España, la que anuló la conocida como 'doctrina Parot', podría afectar a la inhabilitación que impide a Otegi presentarse a las elecciones hasta 2021.
La demanda ante el TEDH, instada por la defensa de Otegi, buscaba dilucidar si la actuación de la magistrada de la Audiencia Nacional Ángela Murillo, presidenta del tribunal que le condenó por el 'caso Bateragune', vulneró sus derechos fundamentales. La defensa alegó que su imparcialidad estaba contaminada por el prejuicio mostrado en un juicio anterior contra él.
En concreto, alegaba que durante un procedimiento anterior por el homenaje al cabecilla de ETA 'Argala', Murillo preguntó a Otegi si condenaba el terrorismo etarra y, ante su negativa a responder, la magistrada afirmó: "Ya sabía yo que no me iba a contestar esa pregunta".
En aquel juicio, Otegi fue condenado a dos años de prisión por enaltecimiento del terrorismo, pero después el Tribunal Supremo atendió su recurso dándole la razón en el cuestionamiento de la imparcialidad de la magistrada Murillo.
De este modo, dado que en el tribunal que le condenó por el 'caso Bateragune' estaba la misma juez de la Audiencia Nacional, Otegi recurrió al Supremo y al Constitucional con los mismos argumentos de supuesta parcialidad, pero en este caso ni uno ni otro le dieron la razón, motivo por el cual decidió acudir a Estrasburgo.
El TEDH considera que el "recelo" de Otegi estaba "objetivamente justificado"
De hecho, Otegi también recurrió por la supuesta parcialidad del presidente del Tribunal Constitucional, Francisco Pérez de los Cobos, dada su militancia en el Partido Popular, y del magistrado Antonio Narváez, que fue el fiscal que impulsó la ilegalización de Batasuna. Sin embargo, el TEDH rechazó de plano estudiar estos dos últimos casos, que tachó de maliciosos en primera instancia, pero si admitió a trámite la parte relativa a la Audiencia Nacional.
Pues bien, ahora el tribunal de Estrasburgo afirma que el "recelo" de Otegi y el resto de demandantes hacia la magistrada Murillo pudo estar "objetivamente justificado", ya que el Tribunal Supremo había aceptado su recusación en un caso anterior.
A pesar de todo, y como ya se ha referido, el TEDH establece en su sentencia -aunque no por unanimidad- que no cabe indemnización a los demandantes por parte del Gobierno español, ya que considera que darles la razón supone "satisfacción equitativa suficiente" y recuerda que las compensaciones monetarias están planteadas sólo en aquellos casos en los que el daño no puede repararse de otro modo.
La reacción de Otegi
El propio Otegi ha confiado este martes en que su inhabilitación por delito de pertenencia a la banda terrorista ETA decaiga "por sentido común". "Hoy no es el día para hablar en términos jurídicos de esta sentencia, nos gustaría centrarnos en los términos políticos", ha declarado en una rueda de prensa en la sede del Parlamento Europeo en Bruselas, para evitar responder a si recurrirá su inhabilitación durante 10 años que le impuso la Justicia española.
Así, ha opinado que la sentencia del TEDH "abre vías" para el recurso, que es algo que está "en el alero", pero que no es una cuestión que le preocupe de manera prioritaria en estos momentos.
Preguntado si lo ocurrido en Estrasburgo le animará a concurrir en las próximas elecciones al Parlamento vasco, Otegi se ha declarado una persona "muy animosa", pero ha matizado que no es un asunto sobre el que haya reflexionando ya. "Estaré donde quiera la gente que esté", ha zanjado, antes de concluir que "cuando lleguemos a ese río, cruzaremos ese puente".