
Pedro Duque ofreció ayer unas explicaciones sobre la adquisición de su chalet en Jávea (Alicante) que pudieron arrojar más dudas que aclaraciones. Una de las cuestiones que surgió entre los titubeos fue la de la motivación que llevó al ministro de Ciencia, Innovación y Universidades a adquirir un inmueble a través de una sociedad patrimonial. Según dijo, el Gobierno -en 2005 era el de Zapatero- las "promocionaba", pero echando un vistazo a las leyes, este argumento parece no cuadrar.
La información que desató el huracán que no esperaba Duque la publicó el digital Ok diario, que apuntaba a que el ministro y su mujer habrían creado una sociedad instrumental para ahorrar impuestos al adquirir la vivienda de lujo en la costa alicantina.
El ministro salió ante los medios para aclarar el modo en que se compró el inmueble. Según contó, le aconsejaron realizar la compra de la vivienda 'de veraneo' a través de Copenhague Gestores de Inmuebles SL, una sociedad patrimonial con el objeto social de promoción, construcción y venta de inmuebles y gestión y asesoramiento en operaciones inmobiliarias. Según Duque, en aquel momento (2005) "el Gobierno -de Zapatero en aquel entonces- promocionaba esto, era la burbuja y luego era un lío cerrarlas".
Puede que Duque se refiera a la ley 46/2002 de 18 de diciembre de reforma parcial del IRPF por la que se modificaron las leyes de los impuestos sobre Sociedades y sobre la renta de no residentes (se puede consultar aquí en .pdf). El nuevo régimen entró en vigor en 2003, con el Gobierno de José María Aznar, y con "promoción", Duque podría referirse al 'premio' que otorgaba esa ley a posteriori: una rebaja considerable en la carga impositiva en caso de venta o liquidación sin deudas pendientes.
El beneficio fiscal que suponía esta ley fue derogado junto a toda la norma en enero de 2007 (ya con el Gobierno de Rodríguez Zapatero) y fue sustituida por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (aquí en .pdf). En ese momento, se estableció un plazo de seis meses para disolver la sociedad sin carga fiscal. Precisamente uno de los argumentos que dio Duque en respuesta a por qué no la habían liquidado era la cantidad de impuestos que conlleva.
No parece pues que hubiera una promoción por parte del Gobierno de ese tipo de Sociedades y si la hubo, quedó anulada en 2007, por lo que el argumento principal de Duque queda en vilo.