Política

Llarena suspende de cargo público a Puigdemont y otros cinco diputados procesados por rebelión

  • Junqueras, Turull, Rull, Romeva y Sànchez son los otros suspendidos
  • El juez insta a la Mesa del Parlament a que proceda a la suspensión
  • Si Torrent y el resto de la Mesa no cumplen, incurrirán en la desobediencia
El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena. Foto: EFE

El juez instructor de la causa sobre el procés en el Tribunal Supremo, Pablo Llarena, ha instado este martes a la Mesa del Parlament a aplicar la suspensión en las funciones y cargos públicos de Carles Puigdemont y de los otros cinco diputados procesados por delitos de rebelión -Oriol Junqueras, Jordi Turull, Josep Rull, Raül Romeva y Jordi Sànchez-, salvo en el caso de Antoni Comín que podrá recurrir en reforma su procesamiento. El órgano rector de la Cámara catalana, encabezado por Roger Torrent, debe ahora decidir si lo cumple o se instala en la desobediencia.

En un escrito en el que ha acordado también la conclusión del sumario y ha declarado en rebeldía a los fugados, Llarena ha explicado que la medida de suspensión es automática por imperio del artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y deja al Parlament la posibilidad de que los procesados suspendidos puedan ser sustituidos temporalmente por otros integrantes de sus candidaturas.

En este auto de conclusión del sumario el juez explica que el citado artículo, que contempla la suspensión de sus funciones o cargo público para los procesados por rebeldía que se encuentren en situación de prisión, configura una medida cautelar de naturaleza pública y extraordinaria que persigue preservar el orden constitucional.

Esto lo hace, según refleja el escrito, "impidiendo que personas que ofrecen indicios racionales de haber desafiado y atacado de forma grave el orden de convivencia democrática mediante determinados comportamientos delictivos, entre los que se encuentra el delito de rebelión, puedan continuar en el desempeño de una función pública de riesgo para la colectividad cuando concurren además en ellos los elementos que justifican constitucionalmente su privación de libertad".

Esa suspensión provisional del escaño, según el juez, "no puede imponer que los grupos parlamentarios en los que se integran los procesados, hayan de renunciar a su mayoría parlamentaria durante el período de la suspensión de los cargos; como tampoco resulta coherente que una suspensión provisional imponga, como única manera de mantener la mayoría parlamentaria, que los suspensos renuncien definitivamente al derecho de representar a sus electores".

El juez acuerda la conslusión del sumario, declara en rebeldía a los fugados y pierde competencias sobre los procesados que irán ya a juicio

El juez considera obligado comunicar a la Mesa del Parlament que los procesados Puigdemont, Junqueras, Turull, Romeva, Rull y  Sánchez "han quedado suspendidos [...] en las funciones y cargos públicos que estaban desempeñando, debiendo de proceder la Mesa del Parlamento a adoptar las medidas precisas para la plena efectividad a la previsión legal".

Llarena añade que se comunicará a la Mesa del Parlament cualquier cambio procesal que conlleve la modificación de la suspensión y participa que "no existe impedimento procesal para que los cargos y funciones públicas que corresponden a los procesados, puedan ser ejercidos de manera plena, pero temporal, por otros integrantes de sus respectivas candidaturas, si tal decisión se contemplara por el Parlamento".

La conclusión de la causa afecta únicamente a los procesados que se encuentra a disposición del juez instructor. Respecto a los que están huidos de la justicia y que son Puigdemont, Comín, Lluis Puig, Meritxell Serret, Clara Ponsatí, Marta Rovira y Anna Gabriel, el juez ha acordado en otro auto declararlos en rebeldía y, tal y como contempla el artículo 842 de la ley procesal, se suspende el curso de la causa respecto a éstos, que quedarán en otra pieza separada mientras no se encuentren a disposición del juez instructor.

A partir de ahora, Llarena pierde la competencia respecto de los procesados para los que se ha acordado la conclusión de sumario, les emplaza para que comparezcan ante el tribunal competente en el plazo de quince días, y recuerda que las resoluciones adoptadas en el día de la fecha, como las que afectan a la suspensión de cargo o de función pública, así como el trámite para interesar la confirmación o la revocación del auto de conclusión del sumario, serán susceptibles de revisión ante la Sala de enjuiciamiento.

En esa misma resolución, el juez rechaza todas las diligencias solicitadas tanto por la acusación popular ejercida por VOX como por las defensas por ser innecesarias o reiterativas. El magistrado entiende que se han practicado cuantas diligencias han sido necesarias para esclarecer los hechos atribuidos a los encausados y determinar su eventual participación en los mismos y que en atención a la necesaria celeridad que impone la prisión preventiva de algunos de los procesados, procede declarar concluso el sumario y remitir la causa al Tribunal competente para celebrar el juicio.

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Comentarios 7

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Snchz traidor.
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Mientras tanto, el fementido felador traidor Pedrito, nos apuñala por la espalda.

Puntuación 22
#1
Con un par!!
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Menudos huevos tiene este juez!!!qué lástima que sea algo excepcional.

Puntuación 24
#2
Francisco
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ya era hora, basta ya de reírse del pueblo español, ya que los políticos como Sánchez solo saben chupar del cargo espero que los jueces y la guardia civil hagan que se cumpla la ley, ley que es para todos y que el jefe del estado cumpla con su obligación que es que se respete la constitución

Puntuación 23
#3
Quim Torra.
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Para Quim Torra y sus amigos, los que hablamos castellano somos inmundicia.

Puntuación 12
#4
Pepe
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Muy bien, mas les teian que meter

Puntuación 11
#5
Joserra
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Gracias Llarena!!!

Puntuación 15
#6
Ciudadano
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Cada uno por su parte, por un la el Gobierno, por el otro los independentistas, y por el otro la ley ¿Como acabara esto? lo veo muy mal.

Puntuación 0
#7