Política

Torra pide por carta a Rajoy que publique "inmediatamente" el nombramiento de los consellers presos

  • Anuncia que pedirá "medidas cautelarísimas urgentes" al TSJC
El presidente de la Generalitat, Quim Torra. Foto: EFE

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha enviado una carta al presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, para pedirle que publique "inmediatamente y sin más dilaciones" el decreto de nombramiento de los consellers del nuevo Govern en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGC).

En la carta destaca que quiere que los consellers tomen posesión de inmediato con el objetivo de que "se ponga fin al artículo 155, que tanto ha perjudicado" a Cataluña.

Argumenta que Rajoy no tiene ningún motivo para no publicar en el DOGC el decreto de nombramientos y adjunta el informe de la Comissió Jurídica Assessora de la Generalitat que avala esta tesis.

Torra, además, ha anunciado hoy que pedirá "medidas cautelarísimas urgentes" al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y no descarta una querella por "prevaricación" contra el presidente del Gobierno.

El informe jurídico

El informe jurídico que ha recibido considera que no publicar el decreto de nombramientos en el DOGC sería incurrir en un "incumplimiento" de la ley y avala que los consellers designados por Torra que se encuentran en prisión preventiva -Jordi Turull y Josep Rull- y los que permanecen en el extranjero -Antoni Comín y Lluís Puig- pueden tomar posesión.

Paralelamente a la carta a Rajoy, Torra pedirá al TSJC que adopte medidas cautelarísimas con carácter inmediato para "proteger los derechos" de los consellers nombrados a tomar posesión de su cargo.

En caso de que el Gobierno del Estado "mantenga su actitud inaceptable de bloqueo de las atribuciones del presidente de la Generalitat y del derecho de todo el pueblo catalán a tener un Govern", ha advertido Torra, tiene previsto "adoptar medidas legales pertinentes para hacer respetar sus derechos". Entre estas medidas legales, ha señalado en su comunicado, Torra no descarta una querella por "prevaricación" contra Rajoy.

Poder "exclusivo" del president

En su dictamen, la Comisión Jurídica Asesora concluye que las atribuciones que reserva el Estatut de forma "exclusiva" al presidente de la Generalitat para nombrar al Govern "no pueden estar sometidas a autorización ni control derivados de las medidas adoptadas en aplicación del artículo 155 de la Constitución".

Así, pese a que la publicación de los nombramientos en el DOGC está sometido a una autorización del Gobierno, por la aplicación del 155, los juristas de la Generalitat remarcan que se trata de un acto "reglado y debido" que se debe llevar a cabo.

En este sentido, si se deniega esta publicación, "el órgano que tiene que autorizar la publicación del decreto incurre en un incumplimiento de la ley", advierten, en alusión al Gobierno.

En este contexto, los juristas proponen utilizar la vía jurisdiccional contencioso administrativa y, posteriormente, si es necesario, un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por parte de las personas afectadas por la no publicación del decreto del pasado 19 de mayo.

Los derechos de los consellers

La Comisión sostiene que los consellers nombrados -dos de ellos en prisión y otros dos huidos a Bélgica- "no tienen limitado el ejercicio de sus derechos políticos y no concurre ninguna circunstancia legal que impida que puedan tomar posesión".

Los juristas subrayan que la toma de posesión es "condición para la válida constitución del Govern" pero puntualizan que este acto no necesariamente tiene que celebrarse de forma simultánea o en el mismo lugar en todos los casos.

De esta manera, avalan que los consellers nombrados que no están en Cataluña por estar encarcelados o en el extranjero puedan tomar posesión del cargo en espacios diferentes al Palau de la Generalitat -donde se celebra este acto en condiciones normales- e incluso fuera de las fronteras.

También indican que "no se exige legalmente una determinada formalidad para la toma de posesión" ni tampoco "una determinada fórmula de promesa o juramento del cargo", y que solo se requiere de una "constatación fehaciente" de la voluntad personal del nombrado a ejercer al cargo de conseller y cumplir con sus obligaciones.

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