Política

¿Aplicará el Gobierno el 155 en Cataluña? Mariano Rajoy reúne a su Consejo de Ministros

  • El presidente se reunió anoche con Sánchez y habla hoy con Rivera
  • El Ejecutivo requeriría a Puigdemont en aplicación del famoso artículo
La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Saénz de Santamaría, anunciando anoche el Consejo de hoy. Foto: EFE

El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, comparecerá este miércoles a las 12:00 horas después de la reunión extraordinaria del Consejo de Ministros para estudiar, entre otras medidas, la posible aplicación en Cataluña del artículo 155 de la Constitución española o el requerimiento al presidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont, de que cumpla con la obligación que le impone la Carta Magna después de que este martes expresase en el Parlamento autonómico su compromiso con la creación de una república catalana pero aplazase su declaración. EN DIRECTO | El día después de la declaración de Puigdemont sobre la independencia.

La vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, anunciaba la pasada noche que Rajoy había convocado una reunión extraordinaria del Consejo de Ministros (que empezaba a las 09:00 horas) para abordar "los próximos pasos" tras la celebración de esta sesión plenaria en el Parlament. Esto supuso que la sesión de control al Gobierno prevista para este miércoles se retrasase dos horas sin la presencia de la mayoría de los ministros y que el presidente convocase una rueda de prensa a las 12:00 horas. A las 16:00 tiene previsto además comparecen en el Congreso. 

Anoche también, el presidente mantuvo contactos con el secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, en Moncloa y esta mañana ha hablado 15 minutos por teléfono con el líder de Ciudadanos, Albert Rivera, porque quiere "el máximo consenso" para adoptar las medidas con las que responder al desafío secesionista.

Puigdemont aseguró este martes que el pueblo de Cataluña "se ha ganado el derecho a ser un Estado independiente" tras el referéndum del 1 de octubre, aunque anunció que deja en suspenso una declaración formal "para reducir la tensión" y "emprender un diálogo" que haga posible la secesión del resto de España.

Entre las posibles respuestas que el Gobierno tiene encima de la mesa a lo declarado por Puigdemont está iniciar el trámite para la aplicación del artículo 155 de la Constitución -que permite suspender el autogobierno de una comunidad autónoma- con el fin de emplazar al presidente de la Generalitat a someterse al cumplimiento de la ley.

Tramitación del 155

Según fuentes jurídicas, para poner en marcha la aplicación del artículo 155 de la Constitución hacen falta dos reuniones del Consejo de Ministros. La primera, para hacer efectivo el requerimiento al presidente de la Generalitat y la segunda para trasladar al Senado las medidas propuestas.

En la primera reunión del Consejo de Ministros se tiene que aprobar la aplicación de este precepto constitucional para que posteriormente Rajoy advierta a Puigdemont de que no está cumpliendo con las "obligaciones que la Constitución u otras leyes" le imponen o actuando de "forma que atente gravemente al interés general de España", tal y como establece la Carta Magna.

En su escrito de requerimiento a Puigdemont, Rajoy debe fijar un plazo para obtener respuesta a su llamada al orden, ya que no hay nada establecido al respecto en ningún documento legal. En los procedimientos administrativos generales ese lapso suele ser de 48 horas y por ello fuentes consultadas por Servimedia creen que sería razonable que se diese este margen de respuesta.

Este plazo serviría para que Puigdemont aclare al Ejecutivo si acata la legislación vigente en la Constitución española de 1978 y en el Estatuto de Autonomía de 2006 o si, por el contrario y como reza la declaración de independencia firmada este martes en el Parlamento de Cataluña, da por superados ambos textos y sólo reconoce la Ley de Transitoriedad catalana para la puesta en marcha de la independencia, que fue suspendida por el Tribunal Constitucional.

Aprobación del 155

En una segunda reunión del Consejo de Ministros se analizaría la respuesta o la falta de la misma, y de no satisfacer al Ejecutivo, se iniciaría entonces el procedimiento fijado en el artículo 189 del Reglamento del Senado.

Según queda reglado en esta normativa, recogida por Servimedia, el Ejecutivo debe presentar ante el presidente de la Cámara Alta, Pío García Escudero, un "escrito en el que se manifieste el contenido y alcance de las medidas propuestas, así como la justificación de haberse realizado el correspondiente requerimiento al presidente de la comunidad autónoma y la de su incumplimiento por parte de ésta".

Después, la Mesa remite dicho escrito y la documentación aneja a la Comisión General de las Comunidades Autónomas. Esta comisión podrá pedir a Puigdemont, por medio del presidente del Senado, la información que considere. Tras esto, la comisión expondrá de manera "razonada" si procede o no la aprobación solicitada por el Gobierno y elevará su conclusión al Pleno.

Fuentes consultadas indicaron que existe un plazo mínimo de tres días para convocar un Pleno pero que, en caso de urgencia, puede reducirse. Ese Pleno de la Cámara someterá a debate dicha propuesta, con dos turnos a favor y dos en contra, de veinte minutos cada uno, y las intervenciones de los portavoces de los grupos parlamentarios que lo soliciten, por el mismo tiempo.

Concluido el debate, se procederá a la votación de la propuesta presentada, siendo necesario para la aprobación de la resolución el voto favorable de la mayoría absoluta de senadores.

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