Política

El indulto en España, en cuatro gráficos: qué gobiernos concedieron más, para qué delitos...

  • José Barrionuevo o Alfredo Sáenz, entre los indultos más mediáticos
  • El Supremo tilda de "inaceptable" perdonar a los líderes del procés
Foto: Alamy

El indulto, una figura semidesconocida en España, ha saltado a las portadas de todos los medios de comunicación ante la creciente sospecha de que el Gobierno de Pedro Sánchez se lo concederá a los condenados por secesión y malversación de fondos en el marco del intento de independencia de Cataluña. Las cifras hablan por sí mismas: desde 2007 y con el paso de los años, los indultos se han convertido en una medida cada vez más infrecuente.

Según los datos de indultos desde 1996 recogidos por CIVIO, la primera legislatura del gobierno de José María Aznar es en la que más indultos se concedieron, con una media de 900 anuales. Sin embargo, el año 2000 fue cuando se alcanzó el máximo, con 1744 indultos, de los que 122 se firmaron antes de las elecciones generales del 12 de marzo de aquel año, cuando el PP lograría su primera mayoría absoluta en el Congreso de los Diputados.

El ministro socialista Juan Fernando López Aguilar tardó apenas tres semanas en firmar sus primeros indultos, mientras que a su sucesor Mariano Fernández Bermejo solo le llevó cuatro días en el cargo la concesión de sus primeros perdones. También tres semanas tardó Francisco Caamaño, y Alberto Ruiz Gallardón, que juró el cargo justo antes de Navidad, lo hizo un mes después. Rafael Catalá, también del PP, dirigió el Ministerio de Justicia casi dos meses hasta que el BOE publicó su primer indulto y su sucesora, la actual fiscal general Dolores Delgado, esperó casi cuatro meses. El actual ministro, Juan Carlos Campo, lo hizo solo un mes después de tomar posesión.

La ministra de Justicia con Aznar, Margarita Mariscal, ha sido el miembro del Ejecutivo nacional que más perdones ha concedido, con 3.515. Le sigue de lejos su sucesor Ángel Acebes, con 1.910, y el socialista López Aguilar con 1.279.

En lo relativo a qué tipos de delitos son más proclives a ser perdonados con un indulto, destacan aquellos cometidos por funcionarios que atentan contra la libertad individual (3,7% de indultados sobre el total de condenas), seguidos por los delitos vinculados con los recursos naturales y medio ambiente (3,3%) y la prevaricación de los funcionarios (1,68%). Por malversación, uno de los delitos por los que están condenados cuatro impulsores del procés (Junqueras, Romeva, Turull y Bassa), se perdonan el 0,9% de los casos.

En cuanto al tiempo transcurrido desde que se produjo la condena hasta que se logró el perdón del Ejecutivo, la espera mínima ha sido de un año y medio en un caso contra la Administración de Justicia, y se alarga hasta más de 3 años en los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales.

Otros indultos mediáticos

Aunque los indultos suelen ir a parar a personas sin trascendencia mediática, sí se han concedido perdones a algunos penados con relevancia social y que han resultado polémicos. Es el caso del general Alfonso Armada, uno de los perpetradores del intento de golpe de Estado el 23 de febrero de 1981. El gobierno de Felipe González le otorgó el perdón cinco años después de ser condenado a 30 años de prisión debido al empeoramiento de su estado de salud.

Por otra parte, dos altos cargos políticos del gobierno de González fueron posteriormente indultados por el Ejecutivo de Aznar. Quienes fueran ministro de Interior y secretario de Estado, José Barrionuevo y Rafael Vera respectivamente, fueron sentenciados a diez años de cárcel por la detención irregular del ciudadano Segundo Marey por confundirle con un líder etarra -primera acción reivindicada por los GAL- y por malversación. Fue el Tribunal Supremo quien avaló el indulto, en el que se perdonaba dos tercios de las penas. Tras la suspensión de la condena, solo pasaron tres meses en prisión. El PSOE de entonces atacó el indulto por ser parcial y no total. El propio Barrionuevo ha declarado esta semana que se opone al indulto de los líderes del procés porque es "elemental" que respeten "el estado de derecho".

Sin embargo, en otros casos el Ejecutivo ha hecho caso omiso al informe del tribunal sentenciador. En 2011, Francisco Caamaño, entonces ministro de Justicia en funciones bajo el liderazgo de Rodríguez Zapatero, concedió el indulto al consejero delegado del Banco Santander Alfredo Sáenz, quien había sido condenado a seis meses de prisión por denuncia falsa cuando era presidente de Banesto en 1993. La condena le retiraba la condición de "honorabilidad" exigida por el Banco de España para poder seguir ejerciendo en el sector financiero, pero el indulto se la restituía, por lo que pudo seguir en el puesto hasta 2013. Para entonces, el Tribunal Supremo anuló los efectos administrativos del indulto, y Sáenz acabó anunciando su renuncia.

En la actualidad, al margen de los condenados por secesionismo en Cataluña, el Ministerio de Justicia ha empezado a tramitar el indulto solicitado por Juana Rivas, el mediático caso de una madre que en 2017 desapareció durante un mes con sus dos hijos para no devolvérselos al padre, quien había sido condenado por malos tratos hacia ella. La Justicia ha desestimado la suspensión de la pena de prisión de dos años y medio que ordenó el Supremo por sustracción de menores.

Perdonando condenas desde hace 14 siglos

El derecho de gracia está presente en la Península al menos desde el siglo VII, con el Fuero Juzgo. En su adaptación a lengua romance del siglo XIII se recogía el indulto bajo el nombre de "merced", aunque sólo podía otorgarla el monarca en delitos contra su persona, el Estado o la tierra. La figura fue ampliándose y definiéndose durante siglos, especialmente durante los siglos XVIII y XIX. Así se llega a 1870, cuando se aprueba la ley "para el ejercicio de la gracia de indulto", que sigue vigente con algunas modificaciones en 1927, 1988 (la más sustancial) y 2015.

El indulto puede ser total o parcial, pero la total sólo puede darse "en el caso de existir a su favor razones de justicia, equidad o utilidad pública, a juicio del Tribunal sentenciador y del Consejo de Estado" (art. 11). El tribunal en cuestión, el Supremo, ya ha manifestado en un informe que no sólo no se dan estas condiciones, sino que además los penados han insistido en su voluntad de reincidir en el delito, calificando el indulto en este caso de "solución inaceptable".

Por ello, el indulto a los líderes del procés no podrá ser total, pero sí parcial mediante "la conmutación de la pena impuesta en otra menos grave dentro de la misma escala gradual". La pena mínima por malversación es de dos años, mientras que por sedición es de diez años si se trata de autoridades y de ocho si son inductores.

En este último caso, sin embargo, el Gobierno puede volver a legislar a la baja el delito de sedición, reduciendo las penas, lo que beneficiaría automáticamente a los nueve condenados con esa sentencia al aplicarse la máxima del Derecho de la aplicación retroactiva de la ley penal más favorable al reo.

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