Política

Madrid desmiente que prohíba a los sanitarios hablar con los medios sin autorización previa

  • La circular se ha difundido tras compartirla Juan Carlos Monedero en redes
  • La orden impedía a los sanitarios actuar por su cuenta con los medios
  • Madrid ha aclarado que se trata de un plan de 2003 que no se aplica
Foto: Efe

El Gobierno que dirige Isabel Díaz Ayuso ha salido a desmentir una información basada en una circular de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid que prohíbe al personal sanitario hacer declaraciones a los medios de comunicación sin autorización previa. El comunicado, que está haciéndose viral en Twitter, corresponde a un plan diseñado en 2003 y "actualmente no se aplica".

"La Consejería de Sanidad no ha dado ningún tipo de instrucción en este sentido", ha denunciado desde su cuenta oficial de Twitter la Comunidad de Madrid en respuesta a una noticia sobre este asunto.

El comunicado interno, que tomó trascendencia tras ser compartido el pasado domingo por el fundador de Podemos, Juan Carlos Monedero, establece que "el profesional nunca actuará por su cuenta" ante un medio de comunicación e indica que "las relaciones con los medios de comunicación se canalizarán a través del Gabinete de Comunicación" de las instituciones sanitarias, que se encargarán "de potenciar la imagen positiva de su institución así como de amortiguar el impacto negativo cuando este surja".

Según la norma que desde la Comunidad fechan en 2003, en caso de que un periodista o un medio solicite la una entrevista o reportaje a un profesional sanitario, la Consejería establece un protocolo que pasa, primero, por la obligación del contactado de pedir autorización a la Dirección del Centro, que además "contactará con los profesionales que, a su juicio, puedan representar a la institución en las mejores condiciones".

De obtener el permiso, será el Responsable de Comunicación quien se lo confirme y quien decidirá el lugar y hora donde se realizará la entrevista o reportaje, "especialmente cuando se trate de medios de carácter audiovisual".

Además, la circular establece un seguimiento de la publicación "para conocer el tratamiento dado a la información y su alcance ante la opinión pública".

¿Y si el periodista contacta directamente con el profesional? En este caso, el comunicado interno establece que será el sanitario quien tenga que reconducir la situación instando al medio a que haga la solicitud al Gabinete de Comunicación.

La Comunidad expone en su argumentario la referencia a la sentencia del Tribunal Supremo del 7 de enero de 1988 que establece que "los facultativos deben solicitar autorización del director del centro para intervenir en un medio de comunicación".

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