La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha estimado el recurso de la Fiscalía y ha tumbado la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario a la expresidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell que le permitía salir de la cárcel durante unas horas a la semana para atender su madre, al mismo tiempo que se ha declarado como el órgano competente para dictaminar dicho régimen de semilibertad y abre la puerta a que su decisión pueda afectar al resto de presos del 'procés' si se recurre la aprobación de su tercer grado por parte de la Generalitat.
El Supremo deniega la aplicación a la expresidenta de dicho régimen flexible, propuesto en febrero por la Junta de Tratamiento de la prisión de Mas d'Enric (Tarragona), al no existir ninguna conexión entre el programa de tratamiento aprobado, consistente en tareas de voluntariado y acompañamiento a familiar fuera de la cárcel, y el proceso de reinserción de la penada relacionado con el delito cometido, lo que hace "injustificable" ese régimen de semilibertad del que disfrutaría antes de haber cumplido ni una cuarta parte de la condena.
"La Sala no pone en duda el buen comportamiento de la señora Forcadell en prisión y la influencia positiva que haya podido ejercer sobre las demás internas -hechos destacados en los informes que acompañan la propuesta de la Junta de Tratamiento-. Tampoco cuestiona su capacidad de liderazgo y las habilidades sociales que se describen. Pero nada permite salvar esa ausencia absoluta de enlace entre el programa que se propone y el proceso de reinserción social que, como es obvio, no puede ser ajeno al delito por el que fue condenada", explica la resolución.
Esta resolución no tiene efectos prácticos para Forcadell, ya que recientemente le fue concedido el tercer grado junto al resto de presos del 'procés'. Sin embargo, el auto del Supremo abre la puerta a que, en caso de recurso por parte de la Fiscalía de este tercer grado, los condenados tengan que regresar a un segundo grado penitenciario si el tribunal considera que el caso de Forcadell es extrapolable al conjunto de los sentenciados.
En concreto, el Supremo explica que, aunque en el momento en que elaboró la sentencia contra los presos soberanistas no incluyó el artículo 36,2 del Código Penal (que obligaría a los presos a cumplir la mitad de su pena para acceder a un tercer grado), esa decisión no impide que la duración de la pena sea un elemento a ponderar en el devenir de la ejecución, como tampoco supone un plácet para anticipar, cuando no procede, la aplicación del tercer grado o de las previsiones del artículo 100.2".
En la práctica, los magistrados rechazan que su negativa a incluir en la sentencia del 'procés' ese artículo 36.2 pueda ser interpretada como un aval para la aprobación de programas de flexibilización que, por la vía del 100.2, escondan excarcelaciones propias del tercer grado para la aplicación de un régimen de semilibertad que nada tiene que ver con la función resocializadora que es propia de las penas privativas de libertad.
El Supremo se otorga la competencia "con carácter definitivo" para aplicar el artículo 100.2 o el tercer grado
Con este auto, el alto tribunal también zanja la controversia acerca de cuál es el órgano competente para conocer de los recursos de apelación contra las decisiones de la administración penitenciaria que impliquen la aplicación del artículo 100.2 del Régimen Penitenciario.
Así, la Sala reconoce que su decisión implica un "doble efecto": por un lado, "decide con carácter definitivo qué órgano jurisdiccional ha de asumir la competencia funcional para resolver los recursos que se susciten respecto de la aplicación del artículo 100.2"; mientras que, por otra parte, "provoca la aplicación del efecto suspensivo" establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Según argumenta el auto, el artículo 100.2 afecta al modelo de ejecución de la pena --como lo hacen las clasificaciones en grado-- "y, en consecuencia, los recursos de apelación contra las resoluciones que a él se refieran, al tratarse de una materia atinente a la ejecución de la pena, deben ser examinados por el órgano sentenciador".
El tribunal asegura que Forcadell no fue encarcelada por perseguir la independencia de Cataluña
Por un lado, la Sala afirma que "en los hechos declarados probados y en su fundamentación jurídica se encuentran las claves para explicar la gravedad de los hechos sentenciados y su efecto demoledor para la convivencia democrática", por lo que creen que con ello se "descarta cualquier quiebra del principio de proporcionalidad".
Y, por otra parte, explica que la sentencia puso de manifiesto "una idea clave de la que no puede prescindirse": Forcadell "no fue condenada por perseguir la independencia de Cataluña", pues las "ideas de reforma, incluso ruptura, del sistema constitucional no son delictivas" y su "legitimidad es incuestionable".
"La señora Forcadell no fue condenada por su ideología independentista. Fue declarada autora de un delito de sedición por los hechos declarados probados en el juicio histórico de nuestra sentencia, donde se explica su decidido protagonismo en el concierto delictivo ideado por los demás acusados y se concluye cómo su actuación rebasó el ámbito de su cargo institucional, con actos y decisiones plenamente integrados en una estrategia delictiva, en un expreso desafío al orden constitucional y a las autoridades que actuaban a su amparo", remarca.
Forcadell rechaza la sentencia del Supremo, del que no espera justicia, sino "venganza"
Forcadell ha reaccionado lamentando que el Tribunal Supremo revoque sus salidas en aplicación del artículo 100.2: "No me sorprende, de este tribunal no espero justicia, sé que es venganza".
En un apunte en Twitter, Forcadell ha recalcado que la competencia sobre la aplicación de este artículo del Reglamento Penitenciario que permite salidas para trabajar o hacer voluntariado "es competencia" de la Audiencia Provincial y no del Supremo.
Torra ha hecho un llamamiento al "salto colectivo de todo el independentismo"
Por su parte, Quim Torra, presidente de la Generalitat ha hecho un llamamiento al "salto colectivo conjunto de todo el independentismo (insituciones y sociedad civil)".
"Que en el Estado español ningún independentista puede encontrar justicia, ya lo sabíamos. Que España no reconocerá el derecho a la autodeterminación, también. ¿Y entonces? Entonces todo depende del salto colectivo conjunto de todo el independentismo (instituciones + sociedad civil)", ha dicho en un apunte en Twitter.