Opinión

Las escasas certezas del IRPF de los que menos ganan

  • Hacienda no va a sancionar a los contribuyentes que no presenten declaración del IRPF
  • La mesa del congreso puede levantar este veto si no lo considera adecuadamente fundamentado
IRPF
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En este mundo sólo hay dos certezas, la muerte y pagar impuestos". Si hubiese vivido en los tiempos actuales, a Benjamin Franklin, padre fundador de los Estados Unidos, inventor del pararrayos, y autor de la frase, se le hubiese considerado un optimista. Como cualquiera que se dedique a los impuestos sabe, determinar los impuestos que cualquier ciudadano tiene que pagar es cada vez menos una certeza. Hoy comentaré algunos casos relativos al impuesto que más contribuyentes tiene, y que más recauda, el IRPF. No tenemos precisamente certezas, y cuando las teníamos, a menudo cambian. Y no, no estoy hablando de contribuyentes que tienen dinero en el banco para vivir cien vidas, ni de los que conducen Lamborghinis, sino de los contribuyentes con menos recursos.

La primera duda que puede tener un contribuyente es simple, ¿tengo que presentar la declaración? Y si no tengo que hacerlo, ¿me conviene? En principio, hay un umbral de rentas que obligan a presentar declaración, que este año 2025, cuando hay que declarar la renta de 2024, que es de 15.876 euros de rendimientos del trabajo con independencia del número de pagadores, mientras que, si hay un solo pagador, en general, el límite es de 22.000 euros. No obstante, esta regla tiene tantas excepciones y contra excepciones que el manual práctico del IRPF 2024 dedica 10 páginas del primer tomo a explicarlo. Para que nos hagamos una idea de la "sencillez" de un tributo que declaran más de 23 millones de españoles (según los últimos datos), los dos tomos del manual "práctico" del IRPF sólo tienen 1.819 páginas. Por eso recomiendo siempre contar con un buen asesoramiento, y acudir a los excelentes servicios de ayuda que proporciona la Agencia Tributaria.

Por supuesto, no me he leído los dos tomos, aunque sí las 10 sobre la obligación de declarar. Y aquí no se hace referencia a la obligación de presentar la declaración del IRPF que establece el artículo 299 de la ley general de Seguridad Social para "trabajadores, solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo", en la modificación del RDL 2/2024, y que "teóricamente" está vigente desde el pasado 1 de noviembre. Como ya comentamos en El Economista el pasado 26 de octubre, no estaba claro a quiénes afectaba esta obligación de presentar la declaración del IRPF con independencia de las rentas que obtuviesen.

Pero, el ministerio de Hacienda informó que no iba a sancionar a aquellos contribuyentes que no presentasen la declaración, si de acuerdo con la normativa del IRPF, es decir las diez páginas del manual, no estaban obligados a presentarla. Hace unos días, el Ministerio de Trabajo informaba en una nota de prensa que "el Gobierno ha decidido finalmente no obligar a los perceptores de la prestación por desempleo a presentar la Declaración de la Renta correspondiente al año 2024". Según estas "fuentes gubernamentales", esta obligación empezará a exigirse en 2026, y no este 2025, mediante una instrucción que se ha dado al Servicio Público de Empleo. No he podido encontrar la instrucción en la web del SEPE, y, en cualquier caso, no aplicar una ley mediante una instrucción no es precisamente muy ortodoxo jurídicamente, por ser suave.

Ante este tipo de situaciones, muchos contribuyentes se preguntan, ¿qué ocurre si presento la declaración cuando no estoy obligado? En principio, nada, y en algunas ocasiones, es conveniente porque sale a devolver. Sin embargo, en muchos casos, no. La razón es que hay un límite de retención. Cuando un empresario paga un trabajador sólo le retiene a partir de 15.876 euros, y lo máximo que puede retener sobre el exceso es el 43%. Eso en los tramos bajos de renta es menos dinero que lo que sale de declarar el IRPF. Por eso, hay dos tarifas distintas para varios millones de contribuyentes. Y eso significa, que obligar a declarar supone una subida de impuestos. También supone que dos contribuyentes con idéntica renta y circunstancias personales pagan cuantías distintas de IRPF en función, por ejemplo, de percibir la renta de un solo pagador o de más de uno. Lo malo de todo esto es que impide universalizar la obligación de declarar, como se ha visto este año, y que es radicalmente injusto desde cualquier punto de vista. Lo peor es que tiene solución, por ejemplo, establecer una deducción por la diferencia, que sólo puede aplicarse en la declaración como propusimos Carlos Victoria y yo en un estudio para EsadeEcpol en 2023.

Universalizar la obligación de declarar es una buena idea porque permite saber qué renta tienen los que menos ganan, y también su número de cuenta corriente. Con eso, en una situación de emergencia, como la DANA en Valencia, se pueden dar ayudas muy rápidas, segmentadas, es decir a quién le hace más falta, y con poco coste administrativo. Pero, esto no debería ser una excusa para subirle los impuestos a los menos favorecidos.

En realidad, el IRPF ha subido para casi todos los contribuyentes. La razón es que no se ha adaptado ninguno de los parámetros del impuesto a la inflación. Por eso, cuando un contribuyente tiene un aumento de su renta inferior al aumento de precios, la realidad es que su capacidad económica, lo que puede adquirir con su renta, disminuye. Sin embargo, como el IRPF es progresivo, su tipo efectivo y su cuota de IRPF aumentan. Esto les ha pasado a casi todos los contribuyentes, que han perdido poder adquisitivo con la inflación, pero que pagan más IRPF.

Sin embargo, hasta este año, a los asalariados y pensionistas que menos ganaban, los que obtenían el salario mínimo interprofesional (SMI) o menos, sí se les han aplicado mecanismos en el IRPF para que, casi todos ellos, no tuviesen que pagar. En estos últimos años, la reducción por rendimiento del trabajo se ha incrementado exclusivamente para estos contribuyentes. Además, ha ido aumentando el límite de retención, que ahora está en 15.876 euros. Por eso, como el nuevo SMI de 16.576 euros, sus perceptores han pasado de no tributar nada a estar soportando cerca de un 2% de retención, si no tienen cargas familiares. Esto supone que el IRPF se ha llevado el 43% del aumento, que, si incluimos el aumento de la cuota de empleado de la Seguridad Social, es casi la mitad. Sólo por el IRPF, un aumento del 4.4% se convierte en un 2,5%, de 50 euros a 30 al mes, lo que está por debajo de la inflación.

Así están las cosas, aunque hay varias proposiciones de ley que pretenden rebajar el IRPF a los que menos ganan, entre ellas del PP y de Sumar, que está en el gobierno, que precisamente ha anunciado su veto presupuestario a las mismas. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, la mesa del Congreso puede levantar este veto, si no lo considera adecuadamente fundamentado. En la práctica, ésta es una decisión política. Como los partidos están cambiando de opinión en este y otros temas, no es fácil prever cuál puede ser la solución a este embrollo. De hecho, como en el caso de los parados, la solución podría llegar unas semanas antes de la declaración del año que viene.

Otros dos ejemplos de incertidumbre en grado máximo son las devoluciones del IRPF a los mutualistas laborales, y los contribuyentes que tributan en estimación objetiva en el régimen de módulos. Otro día hablaremos de las solicitudes de devolución, legalmente "no presentadas", salvo que se hubiesen pagado ya, y de la enmienda 91 del grupo socialista a la ley del impuesto complementario, de la que no he conseguido encontrar a nadie ni que la entienda, ni que diga algo positivo. El otro ejemplo es que 12 días antes de tener que presentar la primera declaración de módulos, nadie sabe qué va a pasar con este sistema de módulos, que debería prorrogarse, ya veremos con qué modificaciones, por Real Decreto-Ley.

Sobre el régimen de módulos, sigo pensando lo mismo que cuando escribía la primera edición de "¿Hacienda somos todos?" en 2014, que el régimen de módulos es incompatible con un sistema fiscal del siglo XXI. Precisamente por eso, las únicas certezas que tengo respecto al IRPF es que tendremos sistema de módulos un año más, y que los contribuyentes, también los del IRPF, y especialmente los que menos ganan, se merecen un poco más de seguridad jurídica. Quizás sea pedir mucho.

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