Opinión

Recorte de la jornada laboral: mejor un mal acuerdo

  • El Ejecutivo ha renunciado al acuerdo social para llevar a cabo la medida

El Consejo de ministros ha aprobado el anteproyecto de reducción de la jornada laboral hasta las 37,5 horas semanales, sin pérdida de salario. Durante un año se han producido encuentros y desencuentros, primero en el seno del propio gobierno, posteriormente con los agentes sociales hasta que, finalmente, las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme han quedado fuera de un acuerdo.

En las últimas décadas, la jornada laboral en España ha descendido sistemáticamente. Según datos de la OCDE, ha pasado de un promedio de 38,7 horas en 1987 a las 37,2 promediadas en 2022.

Siguiendo la misma fuente estadística, el límite legal de 40 horas, que estaba fijado por el art. 34.1 ET, es el mismo que marcan las legislaciones italiana, noruega o sueca por poner algunos ejemplos. Pero el horario semanal medio negociado se sitúa en 38,2 horas frente a las 37,5 horas de Noruega o las 38 de Italia. En Suecia, la negociación arroja una franja entre 37,1 y 40 dependiendo del sector.

En resumen, la tendencia ha sido de reducción de la jornada y de convergencia con los países de la Unión Europea, si bien, la brecha a tener en cuenta, en relación con otras economías, es que el número de horas semanales trabajadas en jornada parcial está por encima de la media europea afectando al promedio total de horas trabajadas.

La negociación colectiva ha demostrado su eficacia en la tendencia de disminución de la jornada máxima, incorporando a cada convenio las especialidades propias del sector o la empresa, como la propia distribución horaria o la creación de bolsas flexibles de horas retribuidas.

La gran bonanza de los acuerdos es que el proceso transcurre atendiendo a la mejora de las condiciones de trabajo, de una parte, y de la viabilidad empresarial y mejora de la productividad, de otra.

Sin embargo, la imposición legal supone la modificación de las condiciones de los convenios en que la jornada es de más de 37,5 horas, de manera que se incrementa el coste salarial de manera autónoma respecto a la productividad. Solo hay que recordar que, según el INE, existen más de 14.000.000 de trabajadores que trabajan por encima de la nueva legalidad, necesariamente la medida debe tener impacto.

El ejecutivo ha renunciado al acuerdo social como herramienta para la reducción de la jornada. La medida es más política que económica y tiene su origen en un compromiso electoral del partido minoritario socio de gobierno, pero las consecuencias sobre la economía pueden ser adversas en algunos sectores y empresas.

Se verán especialmente afectadas las microempresas y pequeña empresa y sectores como el turismo, la hostelería y el comercio. Cuando la disminución de las horas trabajadas no responde a mejoras de la productividad, tiene el efecto de inflación de costes, de dimensión diferente según el sector a que pertenece la actividad.

Una jornada de trabajo más reducida es un objetivo para alcanzar como sociedad, pero debe responder a la modernización de la estructura económica y a la mejora de competitividad por la vía de la productividad, lo contrario, siempre tiene damnificados.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky