
Nada es exactamente igual más que a sí mismo. Precisamente por eso, calificar a un sistema de financiación, como el que proponen ERC y el PSC para Cataluña, como singular es no decir nada. Según el diccionario de la Real Academia, "singular" es lo que es "único en su especie", pero también "extraordinario, raro o excelente". Otros hemos optado por calificar a este acuerdo de financiación como un concierto económico para Cataluña. Por su parte, ERC lo califica como "concierto solidario", lo que, para algunos en una contradicción en los términos, y para otros implica que el concierto económico vasco y el convenio navarro no son solidarios. Ésta es la primera confusión relativa a una cuestión compleja, y que, aunque se niegue y se pretenda confundir, afectará al día a día de los ciudadanos.
Para aclarar la cuestión, lo primero es leer el acuerdo que señala: "La gestión, recaudación, liquidación e inspección de todos los impuestos soportados en Cataluña corresponden a la Agencia Tributaria de Cataluña… La aportación catalana a las finanzas del Estado integra la aportación por el coste de los servicios que el Estado presta a Cataluña y la aportación a la solidaridad… Esta solidaridad debe estar limitada por el principio de ordinalidad."
Por otra parte, hay que tener en cuenta que "el denominado "concierto" en el País Vasco y "convenio" en Navarra se puede resumir en que los cuatro territorios forales tienen una administración fiscal propia, recaudan todos sus impuestos y pagan, o deberían hacerlo, una compensación por los gastos generales del Estado que no asumen... y teóricamente no debería implicar, per se, insolidaridad, ya que una determinada contribución solidaria podría integrarse en el cálculo o negociación del cupo o de la aportación."
Como se puede observar, ambos conceptos son casi idénticos. Por eso, parece complicado que todos los que denominamos a este acuerdo como un concierto económico a la vasco-navarra, empezando por ERC y siguiendo por la Asociación de Inspectores de Hacienda (IHE) o Josep Borrell, ex secretario de Estado de Hacienda, nos estemos confundiendo.
Por cierto, he utilizado la definición de concierto de mi libro Y esto, ¿quién lo paga? (Debate), publicado año y medio antes del acuerdo ERC-PSC. Efectivamente, este sistema de financiación, el del pacto ERC-PSC, es singular, único en su especie, que es la de los conciertos y convenios, y es único porque hay una cuota explícita de solidaridad que no existe en los casos vasco y navarro. Eso sí, esta solidaridad está limitada por la "ordinalidad", y para que no haya dudas, el propio acuerdo da una definición del principio de ordinalidad. Por cierto, esta financiación singular sólo se puede parecer a los regímenes vasco y navarro porque son los únicos lugares del mundo donde se aplica algo parecido.
Aclarada esta primera confusión, vayamos a la segunda, si este acuerdo supondrá, necesariamente, muchos más recursos para Cataluña, porque siempre se podrá pactar una cuota de solidaridad elevadísima que deje las cosas como están. Nuevamente, el propio acuerdo señala, como uno de los elementos transitorios a aplicar inmediatamente: "Incremento sustancial de recursos (de la Generalitat)". Como luego explicaré, el principio de ordinalidad pactado reduciría tanto la eventual cuota de solidaridad que llevaría, necesariamente, a que se disparasen los recursos de la Generalitat.
La siguiente confusión es si esto es compatible con mejorar la financiación de las demás CCAA. Como el sistema de financiación es un sistema de reparto de la recaudación de impuestos, evidentemente, un "incremento sustancial de recursos" de la Generalitat supondrá una correlativa reducción de los recursos de las demás Administraciones Autonómicas, del Estado o de la Seguridad Social (que se financia con casi 40.000 millones de euros de impuestos). Como resume la Agencia de calificación Fitch, "un cupo sería bueno para Cataluña, pero negativo para el resto de las autonomías". Seguro que usted, como yo, aunque ninguno seamos analistas de Fitch, había llegado hace tiempo a la misma conclusión. Seamos honestos, tampoco tiene tanto mérito, los recursos siempre salen de algún sitio.
Por otra parte, éste es un acuerdo para la financiación singular de Cataluña, pero pretende, al mismo tiempo, condicionar, y de forma inmediata la financiación de las demás CCAA, y esto parece olvidarse sistemáticamente, ya que en el propio acuerdo se establece que: "Cataluña aporta al sistema de financiación más de lo que recibe, ya que tiene un mayor nivel de renta y consumo que otros territorios. En cualquier caso, la financiación de Cataluña debe respetar el principio de ordinalidad. Las contribuciones de las comunidades autónomas por habitante, ordenadas en una escala de mayor a menor, deben mantener el mismo orden que en la escala de lo que reciben. Se trata de un cambio estructural en el sistema de financiación, que, en caso de no adoptarse durante 2025, requerirá medidas compensatorias."
Sin entrar en la cuestión, obvia, de que los pagan impuestos son los ciudadanos y las empresas, y no los territorios, la definición del principio de ordinalidad que realiza el acuerdo lleva a resultados disparatados. El sistema de financiación es un reparto de impuestos, y esta ordinalidad no la aceptaría nadie en su sano juicio para los impuestos y ayudas del sistema fiscal - y por supuesto, sería frontalmente inconstitucional por regresiva y contraria al principio de capacidad económica.
Una cosa es que el pago de impuestos y prestaciones no altere el orden de la renta antes de impuestos. Les traduzco, una persona ha trabajado y ha pagado IRPF, y la otra sólo ha percibido una prestación exenta de impuestos. La idea es que el que ha trabajado siga ganando más que el que no ha trabajado, después de impuestos y prestaciones. Este concepto de ordinalidad es discutible, pero el que proponen PSC y ERC, no porque es, simplemente, una aberración. En este caso, el parado sólo podría recibir una prestación, como máximo, del mismo importe que la que recibiese el trabajador, porque el parado no ha aportado nada y el trabajador sí.
Esto se puede ver con un ejemplo real si lo trasladamos a las finanzas públicas. Alemania es más rica que España y es el primer contribuyente neto al presupuesto de la Unión Europea. Sin embargo, España todavía recibe algo más de lo que aporta. Precisamente por eso, entre otras cuestiones, en el plan de Recuperación, España podía aspirar a 69.000 millones de euros de ayudas, sin embargo, Alemania a sólo 25.600 millones. Como el PIB de Alemania es de casi 4,5 billones de euros, y tiene el doble de renta per cápita, Alemania seguirá siendo más rica que España, incluso aunque los contribuyentes alemanes asumiesen íntegro el coste del plan de recuperación.
Sin embargo, el plan de recuperación sería absolutamente inviable según el concepto de ordinalidad del acuerdo PSC-ERC: España no podría recibir más importe per cápita que Alemania. Teniendo en cuenta la población, España no podría recibir más de 14.643 millones de euros, un recorte del 79% del importe y de la solidaridad alemana.
Si esto se traslada al sistema de financiación, no ya es que el resultado sea injusto y arbitrario, es que, simplemente el sistema salta por los aires. Y esto es mucho más grave que quedarse sin casi un 80% del plan de recuperación, porque ese recorte y/o subida de impuestos afectaría, como mínimo a los servicios públicos fundamentales de educación, sanidad y servicios sociales, en los que las CCAA se gastan aproximadamente un 75% de su presupuesto.
Entre Madrid y Cataluña son más del 30% de la población española. Si estas dos CCAA deben recibir más dinero que las demás por habitante, porque son más ricas que las demás, si excluimos a País Vasco y Navarra, simplemente no quedan recursos para que las demás financien sus servicios públicos sin recortes ni subidas sustanciales de impuestos. Y todo esto sin tener en cuenta que, fragmentar la Agencia Tributaria y sus bases de datos tiene costes brutales, para las Administraciones y también, para los contribuyentes.
La última, y la peor, de todas las confusiones es creerse que esta "financiación singular" para Cataluña, pero que aspira a un cambio "estructural" del sistema para todas las Comunidades, es un sistema viable. Creo que simplemente no se han hecho las cuentas, ni tampoco se han medido las consecuencias económicas, jurídicas, sociales y políticas, del pacto.
Quizás las denominaciones y los principios puedan resultar confusos, a veces, incluso fruto de una confusión deliberada, pero lo que sí resulta claro, y en eso nadie debería confundirse, es que la "aplicación íntegra y literal del acuerdo" llevaría, como hemos visto, a la voladura del sistema de financiación de las CCAA. Y eso no sería bueno para nadie, ni siquiera, a medio y largo plazo, para sus beneficiarios.