Opinión

Mejorar las reestructuraciones con la nueva Ley Concursal

En la última reforma de la Ley Concursal que entró en vigor hace justo un año hay un cambio de paradigma en la gestión de las insolvencias: además de profundizar en el aligeramiento en los procedimientos concursales, se desarrolla el derecho pre-concursal. Esta introducción no es baladí, aproximadamente el 90% de los procedimientos concursales en España acaba en liquidación. Esto conlleva pérdidas por parte de los acreedores, además de la destrucción de tejido empresarial, sobre todo pymes y en especial micropymes, que quizás con buenas herramientas de diagnóstico se podrían mantener activas.

Para evitar las liquidaciones se crean los denominados planes de reestructuración. Estos planes, tal y como los define la ley, tienen por objeto modificar la composición, condiciones y estructura de los activos, pasivos e incluso de los fondos propios del deudor, permitiendo la transmisión de activos, unidades productivas e incluso la totalidad de la empresa en funcionamiento, así como realizar cambios operativos necesarios. Es, por tanto y a priori, una herramienta potente de cara a poder reactivar un negocio en una situación de crisis.

Pero en cambio, en nuestro país uno de los principales males endémicos es la falta de aplicación de medidas de control de gestión en las pequeñas empresas. El control de gestión es una de las herramientas que realmente puede hacer que dichas empresas acudan a los planes de reestructuración con ciertas garantías de éxito.

El pequeño empresario no puede estar pensando solo en la facturación (la caja, una situación típica en el sector de la hostelería, ahora que acabamos la temporada veraniega), sino en el margen, si lo tiene controlado, si tiene controlada la actividad y eso le puede permitir adelantarse a la toma de decisiones, llegando ordenado y con claridad a un posible proceso de reestructuración.

¿Qué medidas de control de gestión debe implementar la empresa? Por un lado, es necesario que las pequeñas empresas realicen presupuestos del ejercicio, parece obvio, pero solo un 3% de las micropymes lo hace. Dichos presupuestos deben seguirse y se debe estudiar a qué se deben las desviaciones que se están produciendo. Si las desviaciones son importantes, es conveniente realizar previsiones para actualizar el presupuesto a la realidad.

Aproximadamente el 90% de los procedimientos concursales en España acaba en liquidación

También es importante establecer los famosos indicadores de medida del desempeño (kpis) para valorar si se está cumpliendo los objetivos propuestos, esto no es solo para las grandes corporaciones. Es muy relevante tener controlados los márgenes por productos, servicios, familias o algo equivalente, ya que servirá para detectar si el problema es general o está focalizado en temas concretos que permitan tomar decisiones a medida.

Es vital que la empresa sepa en qué situación está en relación con la competencia, por lo que hay realizar tareas de benchmarking. Estas tareas en relación con los márgenes empresariales son relativamente sencillas gracias a diferentes informes que pueden descargarse de los registros mercantiles.

Con estas simples 5 medidas se puede coger el pulso a la empresa y no ir por detrás en el caso de una crisis. Lo que no se mide no se puede mejorar, esta frase siempre atribuida a Peter Drucker, pero que en realidad corresponde al matemático británico William Thomson Kelvin, da justo en el clavo: el control de gestión ha de ser siempre una de las herramientas clave que se use para la buena marcha del negocio.

Durante todo este año de aplicación de la ley desde su aprobación y entrada en vigor hemos escuchado recurrentemente términos como formación de clases, arrastres intraclases, acreedores disidentes, financiación interina o nueva financiación entre otros.

¿Qué cantidad de texto se dedica en la ley a la gestión del negocio en los planes de reestructuración? Ninguna, solo en el punto 9 del artículo 633 se habla de detallar las medidas de reestructuración operativa propuestas, la duración de las medidas y los flujos estimados del plan. Es decir, de 102 artículos en los que se trata de encontrar una solución a la continuidad de la empresa, ningún artículo habla de la gestión del negocio y de las obligaciones a implementar.

Nada es más caro que una oportunidad perdida. Por tanto, para conseguir un mayor éxito en los procesos concursales en España, se deberán introducir -en sucesivas reformas en el cuerpo jurídico de la ley- obligaciones y/o referencias a la necesidad de implementar medidas de control de gestión, tanto antes de poder solicitar los planes como para poder aprobarlos.

Finalmente, también sería importante que los acreedores profesionales obligaran a introducir dichas tareas antes de la concesión de los préstamos. Sin duda conseguiríamos una mejora del ecosistema concursal y empresarial en España. Y buena falta nos hace.

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