Opinión

El IRPF que pagamos por la inflación (y 2).

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"La inflación es un impuesto". La célebre cita de Keynes no se aplica a todos los impuestos, sino sólo a los que tienen bases monetarias. Pero, sólo supone una subida de impuestos en el IRPF, ya que convierte la progresividad del impuesto en "progresividad en frío", es decir en un aumento del tipo efectivo a pagar, de la cuantía que se paga en el IRPF, aunque la capacidad económica se haya mantenido igual, o incluso se haya reducido.

Hace un par semanas, comentábamos que existe un grado tolerable de "progresividad en frío", que al final es una subida real de impuestos, y que este grado de tolerancia, especialmente en épocas de elevada inflación, es menor cuanto menor sea la renta. Por esa razón, el gobierno ha procedido a una rebaja de impuestos para las rentas más bajas sometidas al IRPF. Al igual que en la reforma de 2018, aquí se han utilizado dos instrumentos, la reducción por rendimientos del trabajo, y otro bastante desconocido como es el límite mínimo de retención del artículo 81 del Reglamento del impuesto.

En 2018 se incrementó lo que se conoce en jerga como el "tramo variable" de la reducción por rendimientos del trabajo. Lo que quiere decir que los contribuyentes por salarios y pensiones que ganasen entre 13.115 y 16.825 euros tenían una reducción adicional y decreciente. Esto permitía reducir el IRPF sólo a estos contribuyentes y no a los demás. Esta opción tenía ventajas e inconvenientes. La principal ventaja es que reducía el coste recaudatorio de la rebaja de impuestos. Si se hubiese optado por otras alternativas, como reducir el tipo del primer tramo, o aumentar el mínimo personal, la cuantía que se dejaba de recaudar hubiese sido muy superior, ya que todos los contribuyentes, incluyendo los que tienen las rentas más elevadas, pasan por el primer tramo, y tienen mínimo personal.

El gran inconveniente de limitar la rebaja a los que menos ganan es que la progresividad del IRPF se dispara en ese tramo. El contribuyente no sólo se enfrenta al tipo del primer tramo, sino también a que se vaya menguando la reducción por rendimientos del trabajo por cada euro que gana de más, con una renta muy reducida. Por supuesto, todos estos problemas se acentúan con la inflación. No es lo mismo pagar un 43% de marginal, es decir por cada euro que se gane de más, si hay un incremento real del sueldo, que si lo que hay es una subida que no llega a compensar la inflación.

Estos problemas del IRPF son inevitables salvo que se reformase completamente el impuesto. Sin embargo, ambas reformas del IRPF, la de 2018 y la de 2022, tienen otro problema, se crean dos tarifas para las mismas rentas. Esto se debe a que existe un límite mínimo de retención, que para una persona soltera y sin hijos, es actualmente de 15.000 euros al año. A partir de esta cuantía, se le puede retener como máximo un 43% del exceso, aunque éste sea inferior a la cuota que tendría que pagar el contribuyente en la declaración. Si el contribuyente finalmente tiene que declarar, la menor retención sólo será una ilusión monetaria, que se desvanecerá cuando haga la declaración, pagando la diferencia.

Sin embargo, el contribuyente no tiene obligación de declarar, en general, si no tiene más que un pagador y el importe pagado es igual o inferior a 22.000 euros, o bien, en este supuesto, el segundo pagador no excede de 1.500 euro. Reitero, lo de en general, como siempre recomiendo acudir a un asesor o utilizar los excelentes servicios de ayuda de la Agencia Tributaria para el adecuado cumplimiento de las obligaciones fiscales. Pero, si no se tiene obligación de declarar, y si el contribuyente la hiciese, tendría que pagar, entonces, el ciudadano no hará la declaración.

En el estudio que Carlos Victoria y yo realizamos para EsadeEcpol https://www.esade.edu/ecpol/es/publicaciones/los-efectos-de-la-inflacion-en-el-irpf-de-las-rentas-medias-bajas-y-como-amortiguarlos-mejor/, vimos que en esta situación hay muchos contribuyentes, porque entre 14.000 y 20.100 euros la retención que se soporta es inferior a la cuota a pagar. Esto parece una ventaja, porque lo es, pero genera muchísimos inconvenientes. El problema más obvio es que dos contribuyentes que obtienen la misma renta, y procedente de las mismas fuentes, los rendimientos del trabajo (que son el 80% de las bases y de la recaudación del IRPF) no pagan lo mismo, sino que hay diferencias de más de 380 euros, en rentas muy pequeñas, por el mero hecho de que tener que declarar o no. Esto supone, además, una barrera de eficiencia económica, por ejemplo, para cambiar de empleo o buscar una segunda actividad. Aquí como demostramos en nuestro estudio, la decisión de cambiar a un segundo empleo mejor pagado puede dar lugar a marginales de más del 90%.

Por último, con este diseño del impuesto, es imposible generalizar la obligación de declarar, que es una de las recomendaciones de libro blanco del comité de expertos para la reforma fiscal de 2022. Los expertos exponen sólidas razones para extender la obligación de declarar, pero la más importante es que Hacienda tenga censados, sepa qué situación familiar tienen y tenga el número de cuenta de los contribuyentes que menos ganan. Esto permite articular ayudas coyunturales, como las de lucha contra la inflación, o estructurales como el ingreso mínimo vital, de forma barata y sin imponer barreras administrativas que son, precisamente, las que dificultan que las personas más desfavorecidas puedan acceder a las mismas. Concentrar las ayudas en los que realmente las necesitan es una recomendación de organismos nacionales, como el Banco de España, e internacionales como la Comisión Europea. Esto tiene ventajas evidentes como que, a los que la perciben, les puede ser realmente útil. En segundo lugar, tiene menos coste, y precisamente por eso, es menos inflacionista que acometer ayudas indiscriminadas.

Para generalizar la obligación de declarar, habría que incrementar los servicios de ayuda de la Agencia Tributaria. Pero, sobre todo, habría que resolver el problema de que esto no suponga una subida de impuestos de cientos de euros a los contribuyentes que menos ganan en el IRPF, especialmente en tiempos de inflación. Aquí hay una solución relativamente sencilla, establecer una deducción específica para estos contribuyentes, que reduzca su IRPF a pagar al límite máximo de retención. El coste de la deducción sería reducido, porque los nuevos declarantes seguirían pagando lo mismo que venían haciendo por retenciones. Además, esta deducción solucionaría los problemas de flagrante injusticia que hemos visto.

Con sus problemas, y como detallo en mi libro Y esto, ¿quién lo paga? (Debate 2023) creo que la rebaja que impulsé en el acuerdo de presupuestos PP-Cs en 2018 fue una buena decisión, como también lo es la de 2022, porque ambas reducen la cuña fiscal sobre los trabajadores que menos ganan, aumentando sus salarios reales sin aumentar los costes de las empresas. Otras reformas, como la reciente de las pensiones, no han tomado ese camino, pero de eso hablaremos otro día.

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