
A través de la propuesta de ley para el establecimiento de gravámenes temporales al sector energético y a las entidades de crédito, el Gobierno quiere introducir el nuevo Impuesto temporal de solidaridad a las grandes fortunas. Con este nuevo impuesto, se pretende complementar el actual Impuesto sobre el patrimonio, cedido a las Comunidades Autónomas, y aplicar un nuevo gravamen al patrimonio neto de las personas físicas cuando sea superior a los 3 millones de euros.
Dado que los sujetos pasivos del nuevo impuesto estatal se podrán deducir la cuota del Impuesto sobre el patrimonio que hayan ingresado previamente a las respectivas Haciendas autonómicas, sólo estarán realmente obligados al pago del nuevo impuesto aquellos sujetos cuya cuota autonómica resulte inferior, ya sea porqué está bonificada o por ser la escala autonómica aplicada menor a la estatal.
Lo primero que llama la atención del nuevo impuesto es el uso del adjetivo "solidario", dado que los impuestos tienen carácter coactivo, es decir, son obligatorios. Las personas pagan impuestos porque una ley les obliga a ello, mientras que los actos solidarios se caracterizan precisamente por la libre voluntad de quienes los practican. De modo que calificar un impuesto de solidario resulta cuanto menos chocante ya que los obligados al pago no lo van a ingresar a las arcas públicas como si de un acto espontaneo de beneficencia se tratase, sino cumpliendo con el deber constitucional de contribuir al sostenimiento del gasto público materializado por una ley.
También se anuncia que el nuevo impuesto se aplicará durante dos años y lo que se recaude se destinará a financiar políticas de apoyo a los más vulnerables, apelando a la función redistributiva de los impuestos. Sin duda, se trata de un objetivo bienintencionado, aunque muy optimista si se cree que con una medida temporal y limitada se va a solucionar el problema de las desigualdades sociales de raíces mucho más profundas y carácter estructural.
Mientras que la posibilidad de deducirse lo ya ingresado a la Comunidad Autónoma en concepto del Impuesto sobre patrimonio denota con claridad cual es el verdadero objetivo de este nuevo gravamen, dejar sin efectos les rebajas fiscales introducidas por algunas comunidades y conseguir que todos los contribuyentes sin importar donde residan paguen un importe mínimo similar, ya sea a la Hacienda autonómica o a la estatal.
A nadie se le escapa que serán los contribuyentes de Madrid y Andalucía los principales afectados por este nuevo impuesto, pues es dónde el Impuesto sobre patrimonio ha logrado las mayores reducciones en los últimos meses. Con esta medida, no sólo se busca eliminar las diferencias de tributación entre territorios, sino que también se pretende poner freno a que otras comunidades entren en la carrera de reducir impuestos para evitar el cambio de residencia de sus habitantes, lo que implicaría un ataque frontal al principio de autonomía financiera de las Comunidades Autónomas.
Ciertamente, urge abordar de una vez por todas la configuración del sistema de financiación autonómica, así como el de las corporaciones locales, pero también dejarse de burdos intentos de parchear y alterar las actuales reglas del juego por la puerta de atrás. Los tributos no apelan a la solidaridad de los contribuyentes, aspiran a sostener los gastos públicos mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad, sin tener en ningún caso alcance confiscatorio, y respetando la autonomía y competencias de cada nivel territorial.
No obstante, un pacto de esta envergadura necesita de un consenso que, en el actual escenario de permanente confrontación y bronca política, es simplemente imposible. En lugar de querer forzar la solidaridad de los contribuyentes, quienes tendrían que esforzarse y solidarizarse con los problemas de los ciudadanos tendrían que ser sus señorías parlamentarias y anteponer el interés general al interés propio o del partido. No se trata de ser solidarios a la fuerza, sino de contribuir en la justa medida, ni más ni menos.
Benjamí Anglès Juanpere. Profesor de Derecho Financiero y Tributario de la UOC