
La Resolución del Parlamento Europeo, de 5 de julio de 2018, publicada en el DOUE de 8 de abril de 2020, deja al descubierto además de posibles vulneraciones a la protección de datos, el riesgo para los diferentes Estados miembros que supone que EEUU aplique una fiscalidad en función de la ciudadanía, pidiendo a estos y a la Comisión que tomen medidas que permitan proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos de la UE y el correcto cumplimiento y transposición de las Directivas comunitarias.
De todos es sabido que el FACTA, bajo el pretexto de impedir la evasión fiscal y bajo indicadores como el lugar de nacimiento o tener un número de teléfono americano, busca detectar ciudadanos que puedan tener la consideración de residentes fiscales en EEUU, pasando estos a ser los conocidos como "estadounidenses accidentales".
El propio Parlamento Europeo, tal y como dicen siempre los defensores del FACTA, constata que existe la posibilidad de que estos ciudadanos afectados puedan renunciar oficialmente a la ciudadanía, pero denuncia la dificultad -y añadimos nosotros, lo costoso- de ese procedimiento, que implica conseguir un número de seguridad social o de identificación fiscal en EEUU.
La Resolución pone acento, con buen criterio, sobre lo extraordinario del FACTA en el Derecho comparado, al ser Estados Unidos el único país con Eritrea, que aplica este sistema de atracción de residentes fiscales en función de la ciudadanía y constatando la propia resolución "que Eritrea ha sido condenada por las Naciones Unidas por sus esfuerzos por aplicar un impuesto sobre la diáspora"
Y termina con 11 peticiones dirigidas a los Estados Miembros, y a la Comisión y al Consejo, para tomar medidas que son necesarias para garantizar los derechos de todos los ciudadanos residentes fiscales en la Unión Europea que, por el hecho de tener nacionalidad americana, sufren discriminaciones por ejemplo a la hora de abrir una cuenta bancaria en cualquier banco europeo.
Entre estas peticiones, tiene gran importancia para la fiscalidad aquella en la que el Parlamento Europeo pide a todos los Estados miembros que suspendan los acuerdos de intercambio de información hasta que EEUU revoque o renegocie el FACTA y se adhiera al ECCI de la OCDE.
Lo contundente de esta Resolución, nos hace preguntarnos si España y los otros Estados de la UE, se atreverán en estas circunstancias excepcionales de crisis económica a suspender los acuerdos de intercambio de información.
Las consecuencias económicas no tardarían en notarse: no olvidemos datos como que EEUU, de acuerdo con los datos del ICEX, es el sexto destino de las exportaciones españolas (4,7% del total) y fue el quinto proveedor en las importaciones; o que en el año 2017 EEUU fue el primer inversor en España en términos de stock y el segundo destino de la inversión española.
Por ello, y sin perder de vista el problema que supone en sí mismo el FACTA, debemos preguntarnos si la fecha elegida para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea -08/04/2020- es la más correcta ante la recesión económica que todos los expertos vaticinan derivada del COVID-19.