
A la fecha de la realización de este artículo, la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo sigue avanzando en la revisión de las conclusiones que se presentarán al Congreso de los Diputados. Aunque no existe un borrador que podamos analizar, sí han surgido algunos comentarios de los diferentes ponentes tras las reuniones desarrolladas que nos indican por dónde pueden ir los tiros: la revalorización de las pensiones, el régimen de autónomos, la lucha contra el fraude, la brecha de género, la ampliación del cómputo para calcular la jubilación, la separación de fuentes de financiación y las pensiones de viudedad y orfandad son algunos aspectos que han protagonizado el debate.
En relación a este último punto, las pensiones de viudedad y orfandad, me gustaría realizar una breve reflexión ya que estamos hablando de una prestación con un coste aproximado de 21.000 millones de euros, la segunda fuente de gastos del sistema. Esta prestación tiene una serie de características muy específicas: el número estimado de pensionistas en este régimen en 2017 era de 2.365.155 personas; más del 84% tiene más de 65 años; la mayoría de los beneficiarios son mujeres, más del 92%; la pensión media en 2016 era de 644 euros al mes, y más del 31% de las pensiones tenía complemento a mínimos.
El primer punto que se ha debatido es la posibilidad de financiar estas pensiones con ingresos fiscales del Estado y sacarlas del modelo contributivo. Este debate ha surgido como una de las formas de reducir el desequilibrio financiero de la Seguridad Social. Según las últimas declaraciones de los ponentes del Pacto de Toledo, parece que la mayoría está de acuerdo en recomendar que las pensiones de viudedad y orfandad sigan siendo contributivas.
"Las pensiones de supervivencia son contributivas y convendría no cuestionar este principio"
El Foro de Expertos del Instituto Santalucía ya se posicionó sobre este aspecto en su informe de 17 de mayo de 2018 de este año, donde indicaba que "las pensiones de supervivencia son contributivas y convendría no cuestionar este principio". Un muy buen artículo de Elena Desdentado Daroca en el blog Nada es gratis, de 4 de enero de 2016, da una explicación muy clara de las consecuencias negativas de tal decisión, donde habría que acreditar una insuficiencia de recursos y pasaría a ser una cuantía uniforme independiente del salario, cuya finalidad únicamente garantice un mínimo de subsistencia.
Partiendo del consenso en ese punto, no nos debemos olvidar de la configuración histórica de esta prestación. Las prestaciones por muerte y supervivencia nacieron en España a mediados del siglo XX, en el ámbito profesional. En aquella época predominaba una estructura familiar en la que uno de los cónyuges trabajaba -generalmente el hombre-, mientras que el otro se ocupaba de la familia y del hogar -generalmente la mujer-. Ante ese modelo, el fallecimiento del cónyuge que trabajaba generaba una traba para el mantenimiento de la familia, siendo la creación de esta prestación un avance en la protección social muy importante.
La sociedad ha cambiado mucho en estos últimos años. La participación de las mujeres españolas en el mercado de trabajo se ha incrementado de una forma extraordinaria y las nuevas formas de convivencia familiar hacen que estemos en una situación completamente diferente y es necesario repensar esta cobertura.
En esta línea se pronuncia el Foro de Expertos del Instituto Santalucía en el mismo informe del 17 de mayo de 2018: "Las pensiones de supervivencia son contributivas y convendría no cuestionar este principio. Pero creemos que esta prestación ya no tiene el sentido que tenía hace unas décadas. Para las cohortes más jóvenes, se deberían estudiar alternativas más adaptadas a la nueva realidad laboral de las mujeres". Para intentar ayudar a generar un debate abierto sobre este tema, el Instituto Santalucía acaba de lanzar el informe La viudedad en el marco de la seguridad social española. Reflexiones y perspectivas, realizado por Daniel Hernández, actuario de seguros, y José Enrique Devesa, profesor de la Universidad de Valencia.
Después de un análisis exhaustivo de la situación en España, se coteja la situación a nivel internacional, concluyendo que no hay un enfoque general bajo el que se ampare la cobertura, planteándose, entre otras soluciones, rentas temporales, pensiones que solo se conceden a partir de una edad o pensiones de cuantía fija.
Destaca la necesidad de fijar una filosofía y papel claro de la viudedad por los poderes públicos, la necesidad de revisión de aspectos paramétricos como la edad, el coeficiente a aplicar a la base reguladora o los años mínimos cotizados para poder generar una pensión, y algo muy importante, un análisis cuantitativo de diferentes propuestas de solución entre las que destacan la trasformación a rentas temporales y el encaje de esta prestación dentro de un sistema de cuentas nocionales.
En definitiva, una muy buena base para analizar la posible reformulación de esta prestación. Desde esta tribuna me gustaría exhortar a los poderes públicos a crear una comisión de expertos para analizar esta reforma y adaptarnos a los nuevos tiempos.