
Muchos expertos consideran que el mercado laboral camina hacia un mundo de empleos parciales y trabajos por proyectos individuales. De hecho, la empresa de selección Hudson calcula que cerca del 50% de los nuevos trabajadores estadounidenses ya lo hace por cuenta propia, muchos de ellos colaborando como freelancers o autónomos para otras empresas o bien vendiendo directamente sus servicios a particulares.
Encabezando esta transformación nos encontramos los nuevos modelos de negocio en los que particulares se ponen de acuerdo para prestarse servicios entre ellos a través de intermediarios digitales, de manera que la capacidad de producción se distribuye entre un gran número de usuarios que trabajan como autónomos. Ejemplos de estas plataformas de consumo o economía colaborativa pueden ser Uber, Cabify, AirBnb, Blablacar, Deliveroo…, que en España se agrupan en un colectivo dentro de la Asociación Española de Economía Digital llamado Sharing España. Igualmente, en este contexto surge el denominado trabajador del conocimiento o knowmad, un neologismo que agrupa las palabras inglesas know (saber, conocer...) y nomad (nómada). Son profesionales a los que se contrata específicamente para un proyecto aprovechando sus capacidades únicas y, cuando consigue los objetivos concretos buscados, cambia de trabajo mudándose a otro proyecto.
Este concepto fue definido en 2011 por John Moravec, fundador de Education Futures, y se refiere a un nuevo perfil profesional cuyo valor añadido es el conocimiento y que tiene que aportar creatividad, innovación, capacidad de resolución de problemas... en un entorno crecientemente conectado y digitalizado. Es la respuesta a la creciente automatización de trabajos que parece que nos espera a corto plazo.
Los defensores de este proceso de transformación argumentan que el mercado laboral pasará a ser mucho más flexible y en él los trabajadores tendrán libertad para gestionar sus carreras, aprovechando sus competencias y reduciendo gustosamente sus exigencias de seguridad laboral.
Llevo muchos años trabajando como autónomo por decisión propia y me sería muy fácil ensalzar las ventajas de este tipo de actividad, sobre todo las relacionadas con la libertad que permite en el manejo del tiempo. Sin embargo, el proceso de transformación del mercado laboral que empieza a aplicarse de forma generalizada, especialmente en algunos sectores, tiene unas cuantas sombras, desde mi punto de vista. Para empezar, los ingresos tienden a ser más bajos en formatos de autoempleo y el trabajo y el ocio acaban confundiéndose.
Los trabajadores asumen gastos por suministros que antes aportaban las empresas (equipamiento, luz, conexión a Internet, seguros, etcétera) y también pierden derechos en cuanto a vacaciones, bajas por enfermedad, indemnización por despido y similar. El riesgo se traslada claramente hacia ellos. Por otra parte, es el autónomo el que debe realizar un esfuerzo de autoformación, ya que no se beneficia de los programas de capacitación que pueda poner en marcha la empresa. Aquellos con más recursos podrán pagarse dicha formación y se convertirán en más empleables, lo que ahondará la brecha social en función de los recursos de partida.
Igualmente, la tendencia es contratar a las personas que pueden realizar el servicio de forma inmediata, lo que dificulta la incorporación de nuevas generaciones sin experiencia todavía. Y puede ocurrir que, para muchos de los que se vean abocados a esta situación, la gestión de la incertidumbre del trabajo por cuenta propia se convierta en una insufrible fuente de tensión.
Desde el punto de vista empresarial, además, la innovación interna se podría poner en riesgo por contar con trabajadores con mucha menor vinculación con la compañía.
Abusando de esta tendencia, algunas empresas están aprovechando para convertir de forma bastante injusta a sus trabajadores por cuenta ajena en autónomos, lo que se denomina habitualmente falsos autónomos. Hablamos de trabajadores vinculados con la empresa por un contrato mercantil que, realmente, son un empleado más a efectos de horario, calendario laboral o dependencia jerárquica, pero cuyo salario no es fijo, ni reciben pagas extraordinarias o vacaciones pagadas y, por supuesto, carecen de los derechos propios de los empleados por cuenta ajena que antes señalábamos. Evidentemente, para las empresas supone un coste muy inferior, pero es una práctica ilegal denunciable ante la Inspección de Trabajo.
Estas nuevas tendencias, sobre todo en el sector servicios, nos benefician a todos como consumidores, pero el mercado de trabajo se irá volviendo cada vez más precario, lo que debe tenerse en cuenta en las políticas de empleo y en la legislación laboral en general.