Opinión

IRPH: base que avala su ampliación

El IRPH supone un nuevo frente para la banca

El dictamen del abogado general del Tribunal de la UE brindó un cierto alivio a la banca española en el último de los grandes frentes judiciales que tiene abiertos:el índice hipotecario alternativo al euribor IRPH.

Aunque una primera lectura del dictamen llevó a temer otro revés para las entidades, lo cierto es que no contiene ningún argumento para considerar este índice nulo o abusivo en sí mismo. Es más, descendiendo al detalle de la causa que el Tribunal de la UE instruye, referente a una hipoteca concedida por Bankia, reconoce que este apartado del contrato se aplicó con transparencia. Sin duda, aún existen varias incertidumbres por aclarar.

El informe del abogado general del Tribunal de la UE está muy lejos de cuestionar la legalidad de este índice hipotecario

El abogado tilda de complejo en exceso su cálculo y abre la puerta a que los jueces españoles estudien si, en cada caso particular, se ofrecieron todos los datos necesarios. Todavía más importante es el hecho de que el informe del letrado no es vinculante y nada garantiza que el Tribunal, cuando publique su fallo, vaya a seguir su parecer. Debe recordarse el caso de las cláusulas suelo cuando Luxemburgo desoyó al abogado e impuso la devolución de todo lo cobrado por ese concepto. Por tanto, resulta aún imposible descartar una nueva condena millonaria. Sin embargo, el informe del letrado supone un aval más para un índice cuya vigencia ya recibió el respaldo del Tribunal Supremo en 2017 y que cuenta con pleno reconocimiento legal, ya que se publica en el BOE. Es más, el Banco de España nunca ha reclamado ningún tipo de dotación por sus presuntos riesgos, puesto que la elaboración del IRPH siempre estuvo bajo su control. Puede que se detecten casos en lo que se produjeron abusos pero, en estas condiciones, resulta difícil justificar una condena general contra este índice.

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