
El Congreso de los Diputados, al igual que otros órganos constitucionales -como el Senado o el Tribunal Constitucional- mantienen una contabilidad no actualizada, que presenta deficiencias que dificultan su fiscalización por el Tribunal de Cuentas (TCu).
Hasta el momento, este organismo fiscalizador de los gastos públicos no ha podido ejercer sus funciones de control sobre las cuentas de ambas Cámaras del Parlamento. Estas cuentas se examinan en líneas muy generales dentro del informe sobre la Declaración sobre la Cuenta General del Estado correspondiente a cada ejercicio, el último de los cuales corresponde a 2014, aprobado el pasado lunes por la Comisión Mixta parlamentaria.
Así consta en el Programa de Fiscalizaciones del TCu para el año 2017, aprobado por su Pleno el 22 de diciembre de 2016 y modificado en su sesión de 23 de febrero de 2017. En él se ha incluido la presentación ante la Comisión Mixta -Congreso y Senado- para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas de una moción en la que se solicitará que se corrijan las deficiencias detectadas.
La crisis del 'gin-tonic'
A pesar de que el TCu no fiscaliza en detalle a estas instituciones, los gastos del Congreso de los Diputados, incluidos en los Presupuestos Generales del Estado son motivo de crisis cíclica por la reacción que generan en la opinión publica algunas de las partidas de gastos incluidas en las cuentas del Estado.
Así, la última ha sido la falta de justificación de los gastos de los viajes oficiales al extranjero (150 euros diarios), aunque el derecho de los diputados con casa en Madrid que cobran dietas por alojamiento suele tener un carácter cíclico. No obstante, en 2014, tras la conclusión del contrato de explotación de la Cafetería del Congreso de los Diputados, trascendió que la nueva concesionaria recibiría 4,2 millones de subvenciones en los siguientes cuatro años, lo que permitía que los diputados pudiesen beber gin-tonics a 3,45 euros. Finalmente, se decidió subir el precio a 6 euros.
La cúpula de los jueces
La situación es similar a la vivida en 2014 con otro órgano constitucional, como es el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), sobre el que el TCu presentó en la Comisión Mixta una moción en la que señalaba la existencia de deficiencias en la contabilidad.
Así, se solicitaba que se completasen las normas financieras propias del mismo, de modo que se estableciesen claramente las especialidades respecto del régimen económico-financiero general, y que contase con manuales de procedimiento de las principales áreas de gestión económico -financiera en los que se definiesen claramente las funciones de cada puesto de trabajo, los procedimientos de gestión en la materia, acordes con las atribuciones de los diferentes órganos de decisión y los canales de comunicación con el resto de la estructura organizativa.
Se consideraba necesario que se elaborase un manual de contratación en el que se asegurasen mecanismos suficientes de coordinación, seguimiento y control en todas las fases de la contratación. Además, que estos se dotasen de estabilidad y seguridad jurídica.
Se pedía, también, el estableciento de un sistema de delegación de competencias realista con vocación de permanencia, así como de un sistema de supervisión adecuado y suficiente que garantice el debido cumplimiento de las distintas obligaciones legales que incumben al CGPJ en cuanto a la comunicación de la información y documentación relativa a la contratación celebrada.
Por otra parte, se solicitaba "el establecimiento de un sistema de planificación de la gestión y presupuestación de la contratación que permita una tramitación de los procedimientos de adjudicación con antelación suficiente para asegurar la continuidad de los servicios o suministros requeridos, con arreglo a los procedimientos más adecuados a los fines perseguidos y que mejor se ajusten a los principios de igualdad, objetividad, publicidad, transparencia, concurrencia y eficiencia que informan la contratación pública, contemplando, cuando ello sea procedente, la posibilidad de recurrir a los sistemas de racionalización de la contratación previstos por el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP)".
Y en la misma línea, se demandaba la elaboración y aprobación de un reglamento financiero propio que estableciese con precisión las especialidades respecto del régimen económico-financiero que genera, así como una norma interna de aplicación directa a las indemnizaciones por razón del servicio de su personal, en general, y de sus Vocales, en particular.
Finalmente, en la moción, el TCu pedía el cambio del modelo de financiación con ayudas públicas de las asociaciones judiciales, establecido con el fin de evitar los riesgos de sobrefinanciación que se pusieron de manifiesto en el primer informe de fiscalización de la Cúpula Judicial.