La Comisión Europea ha decidido incoar un procedimiento de infracción contra España por no haber transpuesto correctamente la normativa de la UE relativa al test de proporcionalidad antes de adoptar nuevas regulaciones de profesiones, tal y como establece la Directiva (UE) 2018/958, sobre esta materia.
La Directiva exige a los Estados miembros que se aseguren de que todos los requisitos que introducen para las profesiones sean necesarios y equilibrados. Según Bruselas, España, al igual que Letonia, no ha garantizado que las evaluaciones de proporcionalidad contemplen todos los tipos de regulaciones, como las que adoptan las asociaciones profesionales.
Además, considera que España no ha asegurado las garantías procesales necesarias, como la objetividad de las evaluaciones y la tutela judicial efectiva sobre los asuntos cubiertos por la Directiva. España dispone ahora de un plazo de dos meses para responder a las alegaciones que ha señalado la Comisión, que, de lo contrario, podría optar por enviar un dictamen motivado.
Más allá va el expediente sancionador a España por no haber transpuesto plenamente la Directiva revisada sobre normas de seguridad básicas (Directiva 2013/59/Euratom del Consejo), que moderniza y consolida la legislación de la Unión Europea sobre protección radiológica para proteger al público en general, a los trabajadores y a los pacientes contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes..
También incluye disposiciones sobre la preparación y la respuesta ante emergencias que se reforzaron tras el accidente nuclear de Fukushima. Por esta razón, la Comisión ha decidido, llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La Directiva tenía que estar traspuesta a más tardar el 6 de febrero de 2018, cosa que no ha sucedido.
Relacionados
- Los tribunales han celebrado 730.000 vistas telemáticas desde el inicio de la pandemia
- Los jueces deben esclarecer los hechos en denuncias contra la dignidad y no basarse solo en protocolos
- La solicitud de filiación del hijo no biológico extramatrimonial exige una atención continuada tras el divorcio
- El cambio en la situación de uno de los excónyuges tras el divorcio no da derecho a pensión