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Los parados deben ya volver a demostrar que buscan activamente empleo para cobrar el RAI y el SED

  • Las ayudas extraordinarias a parados de larga duración volverán a exigir demostrar que se está buscando trabajo

La pandemia cambió muchas cosas, y entre otras, los requisitos para recibir las ayudas del RAI (renta activa de inserción) y el SED (subsidio extraordinario de desempleo), el primero para parados en situación de alta vulnerabilidad, y el segundo para aquellos de larga duración.

Debido a las restricciones de movilidad por la pandemia el requisito de demostrar que se estaba buscando activamente empleo tanto online como presencial se detuvo. Hasta este uno de junio, momento en el que el SEPE ha confirmado que los receptores de estas ayudas deberán a tener que demostrarlo.

Para ello, los receptores de estas ayudan deben a partir de ahora reportar al SEPE pruebas de que han estado enviado currículums a posibles empleadores.

Requisitos para recibir el RAI y demostrar que se busca empleo

El RAI es una ayuda de 451 euros al mes destinada a personas en situación de desempleo y con una situación especialmente precaria. Los requisitos que tiene son:

- Tener 45 o más años de edad.

- Haber extinguido una prestación contributiva o subsidio por desempleo, salvo por sanción.

- No tener derecho a las prestaciones o subsidios de desempleo o a la renta agraria.

- Estar inscrito o inscrita ininterrumpidamente en la oficina de empleo como demandante de empleo durante 12 o más meses. Se considera interrumpida la demanda si se ha trabajado un período acumulado de 90 o más días en los 365 anteriores a la fecha de solicitud de incorporación al programa de renta activa de inserción o si se ha salido al extranjero. No se considerará interrumpida la inscripción por trabajo inferior a 90 días y cuando se acredite que la salida al extranjero ha sido por una estancia igual o inferior a 15 días y se ha producido por:

- Fallecimiento o enfermedad grave del cónyuge o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

- Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal.

Requisitos para cobrar el subsidio extraordinario de desempleo

Destinado a parados de larga duración, el SED también tiene una cuantía de 451 euros que se extiende durante 6 meses una vez acabado el pago. Es la última ayuda de los parados antes de acceder a solicitar el RAI, que ya entra dentro de las ayudas de carácter más social. Los requisitos para percibirlo son:

- Carecer del derecho a la protección por desempleo de nivel contributivo o asistencial.

- No tener cumplida la edad que le permita acceder a la pensión de jubilación, en sus modalidades contributiva o no contributiva.

- Carecer de rentas , de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional (SMI), excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (Cuantías para este año) y acreditar responsabilidades familiares .

- Haber cesado de forma involuntaria en el último trabajo realizado en caso de haber trabajado tras el agotamiento del último derecho.

- No haber percibido previamente la ayuda económica de acompañamiento establecida en el Programa de Activación para el Empleo (PAE).

- En la fecha de su solicitud, no estar trabajando por cuenta ajena a tiempo parcial o no tener suspendido su contrato de trabajo.

- No haber sido beneficiario con anterioridad del subsidio extraordinario por desempleo.

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