
Se acerca la Semana Santa, y tal como sucedió con el Puente de San José, las comunidades autónomas se preparan para el cierre perimetral conforme a lo acordado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud entre el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas (salvo Madrid).
Esto implica que, en la práctica, no se puede viajar entre comunidades con el objetivo de frenar un posible repunte de los contagios por coronavirus. Aún así, existen ciertas excepciones que sí están permitidas. La disposición publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para regular estas restricciones las alarga del 26 de marzo al 9 de abril y hace referencia al Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, que cuantifica una serie de casos en los que sí se permite el viaje entre comunidades.
¿Cuáles son las excepciones para viajar en Semana Santa?
En el artículo 6, el texto informa de que estos motivos justifican el traslado entre comunidades autónomas:
-Asistencia a centros o servicios sanitarios.
-Asistencia al trabajo o razones laborales o de cumplimiento de obligaciones empresariales, legales o institucionales.
-Asistencia a centros educativos, desde educación infantil a centros universitarios.
-Retorno a la residencia habitual.
-Asistencia y cuidado a mayores, menores personas dependientes, con discapacidad o vulnerables.
-Viajes a bancos, entidades aseguradoras o estaciones de servicio o gasolineras en territorios limítrofes.
-Actuaciones requeridad y urgentes ante los órganos judiciales, públicos o notariales.
-Renovaciones de permisos o documentación oficial, así como otros trámites inaplazables.
-Asistencia a exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
-Por causa de fuerza mayor o extrema necesidad, así como otras causas análogas debidamente acreditadas.
¿Qué comunidades piden justificantes?
Aunque estas excepciones están contempladas por la ley, sigue siendo necesario demostrarlas. Algunas Comunidades Autónomas han facilitado a los ciudadanos formularios o plantillas (también llamadas en ocasiones declaraciones responsables) que se pueden rellenar y usar como documento acreditativo si las fuerzas del orden nos paran en el viaje.
Es algo que sucede en Aragón, donde el ejecutivo autonómico obliga a sus ciudadanos a rellenar una declaración responsable (a la que puede acceder pinchando aquí) que se pide para permitir la entrada y la salida en la comunidad.
En la misma situación se encuentra Cataluña, que tiene un catálogo de justificantes descargables, no solo para salir de la comunidad, sino de la provincia o incluso para poder estar en la calle de noche más allá del toque de queda. Se pueden consultar aquí.
También es el caso de Madrid, en el que el gobierno regional ha publicado un modelo estándar (descargable en este enlace) que la ciudadanía ha de rellenar tanto para salir como para poder entrar de nuevo en la región.
Navarra es otro ejemplo. La Comunidad Foral ha facilitado un formulario de declaración responsable para poder viajar en Semana Santa si se cumple alguna de las excepciones contempladas.
País Vasco se encuentra también en este grupo de regiones. La autonomía vasca presenta diferentes modelos de justificante para poder garantizar que el desplazamiento de los ciudadanos bajo las excepciones permitidas se haga al amparo de la ley.