Nacional

El Supremo estudiará el jueves el tercer grado de los presos del procés

  • Contra los autos relativos a la concesión del tercer grado y del artículo 100.2
Foto: Efe

El Tribunal Supremo estudiará este jueves los recursos interpuestos contra los autos relativos al tercer grado penitenciario a los los nueves condenados por sedición por el proceso independentista en Cataluña.

Según han informado fuentes del alto tribunal, la Sala de lo Penal ha fijado para el 26 de noviembre, a las 10.:00 horas, la deliberación y resolución, sin vista, de los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Fiscal y por los nueve condenados a penas de prisión en la causa del procés contra los autos relativos a la concesión del tercer grado y a la aplicación del artículo 100.2 del régimen penitenciario.

Aunque los nueve líderes independentistas condenados a penas de cárcel tienen avalado por el juzgado de vigilancia penitenciaria el tercer grado que la Generalitat les otorgó a mediados de julio, los siete que se encuentran en la cárcel de Lledoners lo tienen suspendido, a la espera de que el Supremo resuelva el recurso del fiscal.

Son el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los exconsellers Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Turull y Josep Rull, el expresidente de ANC Jordi Sànchez y el líder de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.

Los casos de Forcadell y Bassa

No así Forcadell y Bassa, a quien el juzgado de vigilancia penitenciaria del que dependen ambas -internas en Puig de les Basses y Wad Ras- declinó, en contra del criterio del fiscal, suspender el régimen de semilibertad del que las presas siguen disfrutando y que sólo les obliga a volver al recinto penitenciario a dormir, de lunes a jueves. La Fiscalía también recurrió esta decisión al Supremo.

Los recursos del ministerio fiscal no serán los únicos que estudien los magistrados que juzgaron esta causa -a excepción de Luciano Varela, ya jubilado-, sino que encima de su mesa también están los que los presos de Lledoners interpusieron contra la suspensión de su régimen de semilibertad.

Desde que se les suspendió el tercer grado, Junqueras y los otros seis reclusos tienen sus salidas limitadas y tampoco gozan del régimen flexible del que disfrutaban en segundo grado gracias al artículo 100.2, que les permitía salir para trabajar, cuidar familiares y hacer voluntariado, y que la Fiscalía también recurrió.

De hecho, varios presentaron un escrito en el que apremiaban al tribunal resolver ya los recursos sobre su clasificación, alegando que se encuentran en una "suerte de limbo penitenciario".

Sobre este artículo 100.2 ya se ha pronunciado el Supremo en relación a Forcadell en un duro auto donde revocaba las salidas concedidas antes de disfrutar de su tercer grado y en el que tachaba de "injustificable" ese régimen de semilibertad "de facto" que se le concedió antes de haber cumplido ni una cuarta parte de la pena.

La Fiscalía siempre ha recurrido estas salidas ante las respectivas audiencias provinciales, si bien un juez de Lleida, competente sobre la cárcel de Mas d'Enric de Tarragona en la que se encontraba entonces Forcadell, decidió remitir el recurso relativo a la expresidenta del Parlament al Supremo, quien se declaraba también competente, como tribunal sentenciador, para resolver sobre los 100.2 otorgados.

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