El ministerio de Sanidad ha aprobado en el Consejo Interterritorial con las comunidades autónomas solicitar una PCR negativa, al menos en las últimas 72 horas, para todos los viajeros procedentes de zonas de riesgo en coronavirus. De esta forma, España se suma a los principales países europeos que ya solicitaban esta medida como precaución ante los rebrotes. Coronavirus, última hora, en directo.
Los consejeros de Sanidad de las diferentes CC.AA. han recibido, en palabras de Salvador Illa, una noticia que venían solicitando en los últimos meses varias regiones. Desde los próximos días, las autoridades exigirán un test PCR negativo, con vigencia de tres días, a todo aquella persona que llegue a España (vía aérea, terrestre o marítima) desde alguna de las zonas de riesgo por su problemática expansión del coronavirus.
Madrid, Baleares o Cataluña habían sido algunas de las regiones más insistentes en demandar al Gobierno pruebas en la entrada en sus aeropuertos como ya venían haciendo Londres, París o Berlín. Una PCR que será publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado y se sumará al control de temperatura y el formulario para turistas que se venía realizando desde verano.
Canarias, sin estado de alarma por su buena situación epidemiológica, ya había reformado su legislación para pedir estas pruebas desde el próximo 14 de noviembre. Dicha PCR negativa deberá presentarse en los hoteles de las islas para poder alojarse.
Una vez entrada en vigor la medida, los viajeros deberán presentar el documento, redactado en español o inglés y en formato papel o electrónico, a las autoridades competentes. Si el formulario no se hubiese podido cumplimentar telemáticamente, a través del código QR generado a través de la web www.spth.gob.es o de la aplicación Spain Travel Health-SpTH, se podrá presentar en formato papel antes del embarque. En este caso, deberá ir acompañado con el documento acreditativo original de la realización de la prueba diagnóstica.
Designación de las zonas de riesgo
Para la designación de las zonas o países de riesgo a los que se exigirá la realización de una PCR, en el caso de los países de la Unión Europea y países asociados Schengen, se tomará como referencia los criterios contemplados en la Recomendación UE 2020/1475, del 13 de octubre, sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de covid-19.
Las agencias de viaje, los operadores turísticos y las compañías de transporte aéreo o marítimo deberán informar de la medida
En cuanto a los países terceros, la referencia básica será la incidencia básica acumulada por 100.000 habitantes en 14 días, complementado con las capacidades implantadas según se contempla en el reglamento Sanitario Internacional, en base a la información facilitada por el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades (ECDC).
Sanidad destaca que esta nueva medida cumple la Recomendación de la UE 2020/1475, que persigue acabar con la disparidad de los modelos de control sanitario implantados por los países de la Unión Europea.