El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado las medidas sanitarias de la Comunidad de Madrid al estimar el recurso de interpuesto contra el auto dictado por el juez Alfonso Villagómez sobre autorización o ratificación de la orden de la Consejería de Sanidad de contención de la covid-19, con lo que da luz verde a la prohibición de fumar en la vía pública, pautar el cierre del ocio nocturno y limitar la actividad de la hostería, así como comer en el transporte público, entre otras cuestiones. Coronavirus, última hora, en directo.
En su sentencia, los magistrados que integran la Sala de Vacaciones del Tribunal han anulado el citado auto y han declarado "innecesaria la autorización o ratificación judicial" de las nuevas medidas adoptadas en la orden del 18 de agosto en lo que respecta a la recomendación a la población de reducir los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable, por tratarse precisamente de una recomendación y no de una medida de carácter imperativo.
Fuentes jurídicas han indicado que el TSJM no se pronuncia sobre la prohibición de fumar porque "está fuera del objeto del procedimiento", sino que se refiere a tres hechos concretos de cuya ratificación solicitó el letrado de la Comunidad de Madrid.
Hemos perdido más de una semana frente al virus por temas jurídicos. Tener 17 legislaciones distintas hace muy complicado luchar de forma eficaz contra el #COVID19. https://t.co/6DehIoLBhQ
— Ignacio Aguado (@ignacioaguado) August 28, 2020
En contra del juez, la sentencia establece "que la falta de publicación de una norma jurídica no afecta a su validez, dado que las medidas aprobadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y declaradas en la Orden Ministerial de 14 de agosto de 2020, tienen como destinatario a las autoridades sanitarias autonómicas, como interlocutores de la administración del Estado, y no a los ciudadanos".
Por ello, señalan los magistrados que como "tal instrumento de armonización y homogeneización, su publicación en el BOE resulta irrelevante, pues nada aporta sobre su validez y eficacia, tampoco sobre la concurrencia de una causa de nulidad de pleno derecho no convalidable".
Las CCAA pueden acordar "acciones preventivas"
En esta línea, la resolución recuerda que "las autoridades sanitarias de cada comunidad autónoma pueden acordar acciones preventivas generales y adoptar las medidas y limitaciones sanitarias que consideren oportunas cuando concurren razones sanitarias de urgencia o necesidad o para controlar enfermedades transmisibles, siempre que queden justificadas y se acomoden -principio de proporcionalidad-, al fin último de prevención y control de la salud individual y colectiva".
Por eso, razona la sentencia que "la intervención de los jueces y tribunales será necesaria para aprobar y ratificar aquellas de las acordadas, en condiciones de urgencia y necesidad, cuando puedan implicar privación o restricción de la libertad o de otro derecho fundamental".
Se aplicará "de manera inmediata"
Tras conocer esto, la Comunidad de Madrid ha dejado claro que aplicará "de manera inmediata" la prohibición de fumar y el cierre del ocio nocturno. Así lo ha aseverado el consejero de Justicia, Interior y Víctimas de la Comunidad de Madrid, Enrique López, después de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM haya estimado el recurso del Gobierno regional contra el auto del juez Alfonso Villagómez, que no ratificó las medidas solicitadas por el Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso.
"No es bueno generar confusión desde cualquiera de las administraciones. Por eso, estamos satisfechos por la claridad de la resolución que resuelve el auto que no había ratificado estas medidas"
Tras conocer la resolución, el consejero madrileño ha mostrado "la satisfacción" del Gobierno regional, dado que estas medidas van dirigidas "a proteger a la salud pública" de los madrileños. "Estas medidas están adoptadas en esta línea, aunque supongan en algún caso algún tipo de limitación a un derecho fundamental", ha recalcado López y ha subrayado que "las administraciones están para generar seguridad y certidumbre frente a la confusión".
"No es bueno generar confusión desde cualquiera de las administraciones. Por eso, estamos satisfechos por la claridad de la resolución que resuelve el auto que no había ratificado estas medidas", ha dicho. Así, ha incidido en que lo que le mueve a la Comunidad de Madrid es proteger la salud pública, lo que "se hace siempre bajo los criterios de la estricta legalidad y bajo la observancia de una prudencia exquisita", ha señalado.