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¿Es obligatorio llevar el carnet de conducir en España mientras se conduce?

Una mujer conduce un coche en España. Fuente: Canva.

A la hora de viajar, los españoles y las españolas siempre debemos cumplir una serie de obligaciones normativas. Aunque, a veces, no nos guste. Y, sobre todo, en términos de documentos de identificación, puesto que estaremos protegidos personal y legalmente, además de estar cubiertos ante cualquier problemática.

En profundidad

Más concretamente, si vamos a viajar a conducir, hay tres documentos que son obligatorios en España, según la Dirección General de Tráfico (DGT):

  • Permiso de circulación del vehículo.
  • Tarjeta de inspección técnica del vehículo (ITV).
  • Permiso de conducir del conductor.

Ahora bien, la Ley de Tráfico ya recoge que el carnet de conducir se podrá acreditar tanto en formato digital como físico a cualquier agente que lo solicite. Esta nueva ley, aprobada en España en el año 2022, asegura que no será obligatorio llevarlo físicamente, pero sí es recomendable.

Pasos a seguir

¿Y cómo conseguimos el carnet de conducir digital? Pues bien, por suerte ya está incluido en la aplicación oficial de la DGT, 'miDGT', y es totalmente válido a efectos legales. Esta aplicación puede descargarse gratuita en dispositivos móviles, tanto con sistema operativo Android (Google Play), como iOS (App Store).

A la hora de identificarse en ella existen varias maneras: sistema cl@ve, certificado electrónico y DNI electrónico. También hay la alternativa de identificarse a través de nuestros datos personales, pero las funciones de la aplicación mediante este método serán limitadas.

Con ello, el ciudadano ya puede acceder en la pantalla inicial a lo siguiente:

  • Disponer del permiso de conducir en el teléfono móvil.
  • Disponer del permiso de circulación y de la ficha técnica electrónica de su vehículo, así como consultar los principales datos de sus vehículos como ITV, seguro, distintivo ambiental…
  • Consultar su saldo de puntos.
  • Consultar y actualizar los datos de contacto y el domicilio que están en los registros de la DGT.
  • Recibir avisos y alertas de interés.
  • Acceder a noticias relevantes sobre el tráfico y la seguridad vial.

A tener en cuenta

En el caso de que no podamos acreditar ningún carnet de conducir si nos lo solicitan, sí nos pueden poner una multa. Esta infracción es una falta leve y puede conllevar una multa de hasta 100 euros. Por tanto, hay que tener especial cuidado para evitar males mayores.

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