Motor

Hasta 30.000 euros de multa: estos son los objetos que la DGT prohíbe llevar en el coche

Conductor circulando por la carretera | Fuente: iStock

Cuando afrontamos un trayecto en coche, es muy común llevar con nosotros varios objetos que nos permiten estar preparados ante cualquier tipo de situación. Desde un abrigo, unas gafas de sol, una botella de agua o un cargador de móvil, hasta cualquier artículo personal que consideremos útil en nuestro día a día.

Sin embargo, algunos elementos pueden resultar un peligro no sólo para la seguridad vial, sino que también para nuestro bolsillo, ya que, llevarlos en el coche, pueden suponer sanciones económicas de hasta 30.000 euros.

La Guardia Civil hace controles de tráfico rutinarios en los que no sólo comprueba el carné de conducir o realiza pruebas de alcohol y drogas. También suele revisar los vehículos para asegurarse de que no se llevan objetos que pongan en peligro a los ocupantes o al resto de conductores.

Los objetos prohibidos

Estos son los principales objetos que la DGT prohíbe llevar en el coche, ya sea por la forma en la que se hace o por su naturaleza:

  • Objetos sueltos como botellas, herramientas, mochilas o dispositivos electrónicos. Si no están bien sujetos, pueden salir despedidos y causar daños graves, incluso en un golpe a baja velocidad.
  • Detectores de radares. Están prohibidos y conllevan multas de hasta 500 € y la pérdida de 3 puntos del carné.
  • Objetos que dificultan la visibilidad, como peluches grandes, adornos en el salpicadero o pegatinas mal colocadas.
  • Pantallas visibles para el conductor, excepto las del navegador. Está prohibido ver películas o cualquier contenido mientras se conduce.
  • Animales sin sujeción adecuada. No pueden ir sueltos. Deben ir con arnés o en transportín bien fijado.
  • Carga mal colocada o que sobresalga, como bicicletas, esquís o maletas en la baca. Deben ir bien sujetas y señalizadas si sobresalen.
  • Sustancias peligrosas sin permiso, como productos inflamables, explosivos o químicos. Solo pueden transportarse con autorización especial.

Llevar un arma de fuego en el vehículo también queda terminantemente prohibido sin la debida licencia y justificación, como podría ser acudir a un campo de tiro. Además, dicha arma debe ir descargada, separada de la munición y guardada correctamente en su estuche.

No cumplir con estos requisitos puede constituir un delito penal, castigado con multas económicas muy elevadas y, en ciertos casos, con penas de prisión.

Por su parte, las navajas pequeñas (hojas inferiores a los 11 centímetros) no están prohibidas, pero su transporte puede ser sancionado en caso de no existir razón justificada. Y no, no vale decir que la llevas "por si acaso".

Además, este objeto debe ir guardado en el maletero y debe ser una herramienta de uso legítimo como puede ser una navaja multiusos o un cuchillo de cocina en caso de que vayas de camping con los amigos o la familia.

Por el contrario, las navajas mariposa, automáticas de muelle o los cuchillos de combate quedan terminantemente prohibidos, salvo en situaciones muy excepcionales reguladas por la ley.

Según la Ley de Seguridad Ciudadana, llevar este tipo de objetos en lugares públicos o en vehículos sin una justificación válida puede suponer multas de entre 300 y 30.000 euros.

WhatsAppFacebookTwitterLinkedinBeloudBluesky