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Multas de hasta 200 euros para los coches sin etiqueta: Getafe sigue a Fuenlabrada y activa su Zona de Bajas Emisiones

ZBE Getafe. Foto: Europa Press.

Getafe pone fin a la prórroga en su Zona de Bajas Emisiones. El Ayuntamiento de Sara Hernández ha seguido los pasos de Fuenlabrada y ha activado desde este lunes las sanciones para todos aquellos vehículos sin etiqueta que accedan al centro del municipio madrileño. Solo los coches sin etiqueta de los conductores empadronados en el interior de la ZBE podrán moverse libremente. El resto de vehículos, hasta los de los residentes en Getafe, tendrán limitado el acceso.

Según explica el Ayuntamiento en su página web, se permite la libre circulación de todos los vehículos por la Calle Ilustración, Calle Madrid, Avenida Juan de la Cierva, Calle Alonso de Covarrubias, M-406, Calle Toledo, Calle Sur, Calle Ferrocarril, Calle Humanes y Paseo de la Estación. El interior de este perímetro, de poco más de un kilómetro cuadrado, sí estará restringido para cualquier coche sin etiqueta que no esté empadronado en la ZBE.

Así, los residentes en Getafe que tengan sus vehículos domiciliados en el municipio y el alta en padrón IVTM de Getafe, no podrán acceder a la ZBE si no tienen distintivo. El calendario de actuación se irán implantando escalonadamente, de forma que desde 2025 hasta el 31 de diciembre de 2027, solo podrán entrar en la ZBE los vehículos B, C, ECO, 0.

Ya hasta el 31 de diciembre de 2028, los coches con etiqueta B solo podrán circular si se dirigen a un parking adherido, en 2029 tendrán prohibido el acceso los coches 'B' y los C solo podrán entrar si hacen uso de un aparcamiento público. Finalmente, en 2030 solo podrán circular vehículos ECO y 0.

Por su parte, para los coches no domiciliados en el municipio ni dados de alta en el padrón IVMT, el calendario de actuación es más restrictivo. De forma que en 2025 ya se prohíbe el acceso a los que no tengan distintivo y a los 'etiqueta B' que no vayan a un parking adherido.

En 2026 se restringe el acceso total a los etiqueta A, B y se limita la entrada a los C solo para estacionar en los aparcamientos públicos. Finalmente, en 2027, 2028, 2029 y 2030 solo podrán circular los coches ECO y etiqueta 0.

Autorizaciones de entrada y sanciones

La Ordenanza Reguladora contempla multas de 200 euros a quienes circulen o aparquen en la zona incumpliendo las restricciones, y podrán incrementarse un 30% adicional en caso de reincidencia.

Pese a las restricciones de la Zona de Bajas Emisiones, el Ayuntamiento de Getafe permite autorizaciones para aquellas excepciones contempladas en la ordenanza y aquellos casos de fuerza mayor (una situación familiar de emergencia, el uso por parte de un residente de un vehículo no habitual…) que deban ser tratados de forma individualizada.

Así, para estas excepciones, el Consistorio recomienda iniciar un procedimiento de comunicación para evitar que el sistema de control de la Zona de Bajas Emisiones genere "una sanción innecesaria". Estas autorizaciones serán temporales (máximo un año) o puntuales en función de la necesidad concreta (por uno o varios días).

Autorizaciones de un año

Entre las autorizaciones temporales constan las siguientes en la ordenanza:

  • Vehículos empadronados en Getafe (fuera de la ZBE) con distintivos B o C para que estacionen en aparcamientos en los años 2028 o 2029, respectivamente.
  • Vehículos destinados al traslado de personas titulares de tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida (VPMR).
  • Vehículos de los titulares o arrendatarios de plazas de garaje privado ubicadas en el interior de la ZBE.
  • Vehículos de titulares de plazas de aparcamientos municipales para residentes en el interior del área.
  • Vehículos de usuarios abonados anuales de parking públicos ubicados en el interior de la ZBE.
  • Vehículos de microempresas o de autónomos cuya actividad empresarial, profesional o comercial se ejerza en un local u oficina ubicada en el interior de la ZBE.
  • Los vehículos de entrega de medicamentos o de recogida de residuos a centros sanitarios y oficinas de farmacia dentro de la ZBE.
  • Los vehículos destinados al traslado comercial de mercancías.
  • Los vehículos de transporte público colectivo, transporte discrecional y trasporte regular de uso especial, como los autobuses de empresa, los autobuses escolares, el transporte de residencias, de centros de día, de servicios sociosanitarios, etc.

Autorizaciones puntuales

Por su parte, las autorizaciones puntuales que tendrán permitido el acceso a la ZBE serán:

  • Los vehículos para actos en la vía pública, ocupaciones y reservas de espacio.
  • Vehículos de empresas de construcción.
  • Vehículos de mudanzas.
  • Los vehículos de los clientes de talleres de automoción (la gestión corresponde al taller).
  • Los vehículos de clientes de servicios sociosanitarios (la gestión corresponde al centro sociosanitario).
Mapa de la ZBE de Getafe

Vehículos que no tienen restricciones

La Zona de Bajas Emisiones contempla una serie de vehículos que no tendrán limitada su entrada:

  • Bicicletas, otros ciclos y Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como patinetes.
  • Vehículos con distintivo ambiental ECO y CERO.
  • Vehículos empadronados dentro de la ZBE (sea cual sea su distintivo).
  • Vehículos de residentes dentro de la ZBE cuando estén declarados en régimen de propiedad, usufructo, renting, leasing, retribución en especie o vehículo de sustitución (deben ser comunicados previamente).
  • Vehículos Históricos conforme al Real Decreto 1247/1995.
  • Vehículos con matrículas extranjeras o diplomáticas.
  • Vehículos que presenten servicios en la vía pública (como de suministro de agua, de gas, de electricidad o telecomunicaciones).
  • Vehículos municipales o de empresas adjudicatarias (traslado de personas mayores, de residencias, de centros de día, grúas municipales, etc.)
  • Vehículos de servicios funerarios.
  • Vehículos de los servicios de seguridad y emergencias.
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