Motor

Qué coches no podrán circular en Madrid a partir de enero 2025

Un técnico monta una cámara de tráfico en un semáforo en Madrid. / Eduardo Parra (Europa Press)

Desde que se aprobó la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360 en la capital, las restricciones a la circulación de vehículos por motivos medioambientales se han endurecido de manera progresiva año tras año, en una especie de periodo de adaptación para los usuarios para que recurran a métodos de movilidad más sostenibles.

Con independencia de las restricciones propias de las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) del Distrito Centro y de Plaza Castilla, Así, las primeras restricciones para circular por el municipio de Madrid arrancaron en 2020, cuando se prohibió aparcar a los vehículos con distintivo A (es decir, sin etiqueta) en zonas de Servicio de estacionamiento regulado (SER).

Dos años más tarde, en 2022, se extendió esta prohibición a todo el área interior de la M-30, con la salvedad de aquellos vehículos empadronados dentro de este perímetro.

En 2023, se prohibió la circulación de estos vehículos tanto en la M-30 como por su interior (siempre y cuando procediesen de otro municipio), y en 2024 se extendió a todo el término municipal. Por ello, los únicos vehículos con distintivo A que actualmente pueden circular por Madrid son aquellos que están domiciliados en la propia localidad. Aunque, por desgracia, tienen los días contados.

(Casi) ningún vehículo A

A partir de enero de 2025, (casi) ningún vehículo A, tanto está inscrito en Madrid como si no, podrá circular o estacionar en cualquier punto de la ciudad.

Únicamente tendrán permiso para hacerlo los vehículos que no sean considerados turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores) y aquellos que cumplan los siguientes criterios:

  • Vehículos especialmente adaptados para ser conducidos o trasladar a personas con movilidad reducida siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a 'Madrid Zona de Bajas Emisiones' y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Vehículos matriculados como 'históricos' conforme a la normativa correspondiente (Reglamento de vehículos históricos).
  • Vehículos de emergencias y de las Fuerzas Armadas.

La 'buena' noticia para los conductores madrileños es que este es el último escalón de restricciones contemplados en la Estrategia madrileña, por lo que la norma no sufrirá más alteraciones —al menos, hasta dentro de muchos años—.

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