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¿Se pueden reservar o guardar los aparcamientos a un vehículo? Esto es lo que dice la DGT

Fragmentos del vídeo viralizado en redes. / @miyotsl (TikTok)

En ocasiones, buscar aparcamiento en la vía pública puede conducirnos a situaciones extremas por el estrés o la ansiedad. Tanto que a algunas personas se ven empujadas a cometer infracciones, como dejar el coche el doble fila, aparcar en zonas de carga y descarga, en la puerta de garajes o en plazas reservadas para personas con movilidad reducida.

De entre todas las acciones 'cuestionables' una requiere la colaboración de un compinche. Este ayudante, ajeno al vehículo y a pie, ocupa en la vía pública una plaza libre, reservándola hasta que llegue el conductor conocido. ¿Les suena?

Esta situación, para nada atípica, ha protagonizado un vídeo viral estos días grabado en Talavera de la Reina. En este vídeo, se aprecia cómo una mujer que pretende reservar un hueco a otra mujer se enfrenta a otro conductor que llega y pretende aparcar en este sitio. Más allá del contenido del vídeo, cabe preguntarse: ¿es legal hacer esto? ¿quién tiene la razón en esa discusión?

El conductor

De acuerdo con el artículo 112.6 del Reglamento General de Circulación, "Cuando exista refugio, zona peatonal u otro espacio adecuado, ningún peatón debe permanecer detenido en la calzada ni en el arcén, aunque sea en espera de un vehículo, y para subir a éste, sólo podrá invadir aquélla cuando ya esté a su altura". Es decir, la norma no permite que un peatón invada la calzada ni para este ni para otros propósitos.

Hacerlo, en definitiva, supone cometer una infracción. Por lo general, la multa asociada oscila entre los 70 y los 200 euros, aunque dependerá de la gravedad y del municipio en el que se produzca.

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