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¿Tienes un patinete eléctrico? Estas son las claves de la nueva normativa que hoy entra en vigor para conducirlo legalmente

Foto: Dreamstime.

El patinete eléctrico ha sido uno de los medios de transporte que fuertemente ha crecido en el último tiempo. Cuando en un primer momento solo veíamos los de alquiler en las grandes ciudades como Madrid o Barcelona, ahora, el número de propietarios de estos ha aumentado y se puede visibilizar fácilmente por las calles. Sin embargo, pese al aumento de ventas de este vehículo no se habían creado normativas tan estrictas como las que la DGT aplicará desde hoy.

La tendencia por la micromovilidad en España es tal, que, según datos facilitados por la Federación Española de Vehículos de Movilidad Personal, ya hay unos 5 millones de patinetes eléctricos en España. Un explosivo escenario si se considera que hasta la crisis del coronavirus de 2020 a este medio tan solo se le consideraba como un juguete infantil.

Con el auge de este medio de transporte, han llegado también los conflictos que han surgido por la interacción del patinete eléctrico con el resto de los usuarios de la vía, lo que ha significado reforzar y adaptar medidas urgentes como las que empiezan a regir desde hoy.

Nueva normativa y consideración jurídica

En esta línea, desde hoy lunes 22 de enero de 2023 ya no se podrán comercializar patinetes eléctricos que no cumplan con los "estándares de calidad y seguridad" fijados por la Resolución de 12 de enero de 2022 de la Dirección General de Tráfico, en la que se aprobaba "el manual de características específicas para los vehículos de movilidad personal", explican desde la Dirección General de Tráfico (DGT).

De esta forma, el manual, junto con los cambios introducidos en el Reglamento General de Circulación y el Reglamento General de Vehículos, dotan al patinete eléctrico de un nuevo estatus.

"Le hemos dado la consideración jurídica de 'vehículo'. Eso, a efectos del reglamento de circulación, quiere decir lo siguiente: primero, prohibido el alcohol. Segundo, prohibidos los auriculares. Y tercero, prohibido circular por las aceras. Estas son normas comunes a todos los vehículos. Asimismo, se ha puesto el límite de 25 km/h como velocidad máxima para los patinetes y se ha prohibido su circulación por las carreteras", explicó el director general de Tráfico, Pere Navarro, en la Comisión de Interior del Senado.

Certificado de circulación e identificación

La regulación que se publicó en 2022, pero que se materializa en esta jornada, establece que los vehículos de movilidad personal que se vendan, patinetes eléctricos incluidos, requerirán desde hoy un certificado de circulación y una identificación.

Dicha documentación garantiza el cumplimiento de los requisitos técnicos recogidos en su 'manual de características'. Sin embargo, los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) anteriores pueden seguir circulando hasta el 22 de enero de 2027. Según explica la DGT, el objetivo es que en ese año todos los patinetes que circulen por las calles de España "cumplan con los máximos estándares de seguridad que la técnica permite en la actualidad".

Certificado VMP de los patinetes eléctricos

A partir de hoy este certificado es obligatorio para todos los patinetes de nueva comercialización que deseen circular de forma legal en España. Según explican desde la DGT, el proceso de certificación VMP es previo a la comercialización del patinete y consiste en un certificado que debe estar expedido por un laboratorio autorizado por la Dirección General de Tráfico. Para saber si el patinete (o el VMP) que vamos a comprar está en regla y posee esta documentación, hay que buscar la información en la placa de marcaje o en la ficha reducida de características del mismo. Una vez tengamos esa información hay que compararla con el listado de marcas y modelos que ya están certificados y que se puede consultar de forma digital AQUÍ.

Documentación para circular

La normativa establece que cada VMP debe comercializarse con una documentación que garantiza que el modelo respeta la normativa y que está correctamente identificado. Entre esa documentación se encuentra:

  • Una placa de marcaje de fábrica, única, que se colocará en un lugar visible del vehículo mediante remaches. En ella, como se especifica en la sección 26 del manual de características, figurará el número de serie o identificación del mismo, la marca, el modelo, la velocidad máxima que alcanza, el año de fabricación y el número de certificado.
  • Una ficha reducida de características técnicas.
  • Un documento que indique que el vehículo pertenece a la categoría VMP.

"Alterar las características de fabricación del VMP que constan en esos documentos variando su potencia, elementos, dimensiones o velocidad hace que el vehículo deje de cumplir los requisitos que se registran en su documentación y, por lo tanto, deja de ser legal que circule. De ser parado mientras circula, el usuario puede ser sancionado", explica la DGT.

Curso para conducir patinete eléctrico

Ante la "inconsciencia" y las "malas prácticas" que implica circular a 25 km/h de algunos usuarios, las autoridades estiman dar un "paso más" e implementarán una formación para conducir el patinete eléctrico. Se trata de un curso europeo que la DGT quiere ofrecer de forma gratuita y en línea que ya se ha aplicado en otros países de la región, como el puesto en marcha por la Fundación Unipolis y la Universidad Politécnica de Milán en Italia destinado a los usuarios más jóvenes de patinetes eléctricos.

"Nuestro curso está desarrollado en plataforma Moodle precisamente para eso, para que se permita un acceso masivo. La idea es ofrecerlo gratuitamente a las distintas Administraciones y a todos aquellos que lo soliciten", concluye Cristina Fernández Casas. "El objetivo final es que esta formación se convierta en una guía para evitar las malas prácticas y los disgustos, porque conducir un vehículo a 25 km/h conlleva obligaciones y sanciones, aunque ese vehículo sea un patinete", sentencia la DGT.

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