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Es difícil, pero las multas de tráfico pueden prescribir y caducar

  • Aunque existe la prescripción de las multas, es muy raro que la administración se confunda en los plazos

Según cuál sea la infracción de tráfico cometida (leve, grave o muy grave), la sanción prescribe antes o después de una fecha. Desde Pons Seguridad Vial nos aclaran las dudas.

Aunque es difícil que pase, hay ocasiones en que las multas pueden llegar a prescribir o caducar, dependiendo de cuál sea la gravedad de la infracción. Decimos que por norma general (siempre está el derecho a reclamar y que salga a tu favor) no te librarás del pago de una multa de tráfico de la DGT, pero existen excepciones en las que no vas a tener que pagar, y entre ellas se incluye cuando prescribe una multa o cuando caduca.

Según la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículo a Motor y Seguridad Vial, el plazo de prescripción de las infracciones será de tres meses para las infracciones leves y de seis meses para las graves y muy graves. El plazo comienza a contar desde el mismo día en que los hechos se hayan cometido, y prescribe si no te notifican la multa antes de ese tiempo. La picaresca en este caso no es efectiva, ya que de nada vale devolver las multas o decir una dirección falsa.

Multas entre 100 y 500 euros

Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 100 euros, como por ejemplo el impago de la tasa de un peaje; las infracciones graves, con multa de 200 euros, como por ejemplo circular utilizando el móvil o tirar una colilla por la ventanilla; y las infracciones muy graves conllevan multa de 500 euros, de manera general, como puede ser la conducción temeraria, salvo casos concretos como superar los límites de velocidad, alcohol o drogas, conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radares o cinemómetros, conducir un vehículo careciendo del permiso o licencia de conducción correspondiente...

Al cabo de un año la infracción puede caducar y archivar si no se produce una resolución sancionadora, explican desde el RACE. De igual forma, la caducidad se puede suspender si la paralización del procedimiento se produce por la orden de un juez. Tras su resolución firme, el plazo de caducidad se reanudará contando desde el momento en que se suspendió. El plazo de prescripción de la sanción (que es diferente al de la caducidad) tras la resolución judicial es de cuatro años.

Las sanciones graves y muy graves quedarán anotadas, según corresponda, en el Registro de Conductores e Infractores o en el de Vehículos. Las anotaciones se cancelarán una vez transcurridos tres años desde su cumplimiento o prescripción.

Si crees que eres culpable, mejor paga pronto

Si el pago de la multa se hace en el plazo de 20 días naturales contados desde el día siguiente de la notificación, se producirá una reducción del 50% del importe de la sanción, de manera general. Pasado este tiempo, si no se ha pagado ni recurrido la multa se tendrá que pagar el 100% de la misma y pasados 45 días desde la notificación de la sanción si la sanción no se ha pagado la multa, se remitirá esta a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, que se encargará de cobrarla con un 20% de recargo.

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