Motor

Estas infracciones de tráfico las puedes cometer sin darte cuenta, pero tendrás que pagar multa si te pillan

  • Llevar un abrigo demasiado grueso, ir sin camiseta o conducir con chanclas puede acarrear multa entre 80 y 200 euros
  • El simple hecho de sujetar el móvil con la mano supone hasta 200 euros de multa y 6 puntos de carné
  • La multa por pitar sin que sea necesario advertir de un peligro podría ser de 80 euros

Por desconocimiento, por desidia, por "seguro que no pasa nada", son muchas las infracciones que podemos cometer en el coche y por las que nos podrán multar. Seguro que alguna vez has bebido un refresco mientras conduces o has mandado un WhatsApp parado en un semáforo.

Aunque te parezcan actos inofensivos, nos recuerda la OCU, el Código de Circulación considera que algunos actos al volante del coche son comportamientos peligrosos para la seguridad vial y los agentes te pueden sancionar por ellos. Ya nadie cuestiona el uso del cinturón de seguridad (aunque según los datos ofrecidos por la DGT, durante el año 2022, un 24% de las personas fallecidas en accidentes viales no llevaba puesto el cinturón de seguridad). Pero hay otras infracciones que es probable que no sepas que también acarrean multas de tráfico, ya que pueden suponer algún peligro.

Conducir con poca ropa

La DGT clara que la acción en sí de conducir sin camiseta no está tipificada como infracción, pero sí que puede ser sancionable por ser el origen del incumplimiento de un concepto/precepto que sí está recogido en el Reglamento General de Circulación, concretamente a través de los artículos 3.1, 18.1 y 17.1. que hacen referencia, entre otras cosas, a la forma de conducción, que debe hacerse con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, a la obligación del conductor de mantener su propia libertad de movimientos, o que los conductores deban estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo. En el caso de conducir sin camiseta, la multa puede oscilar entre los 80 y los 200 euros, según la interpretación que haga el agente. El agente puede considerar que ponerse al volante sin camiseta no es la manera más adecuada de ponerse a los mandos de un vehículo.

Conducir con chanclas

Esta conducta no es una infracción al Reglamento por sí misma, pero será constitutiva de infracción cuando impida la libertad de movimientos del conductor, el control del vehículo o genere peligro para el conductor o para el resto de usuarios de la vía. Así, cada agente de la Guardia Civil puede entender de forma distinta el concepto de 'libertad de movimiento', por lo que, si creen que el calzado que has elegido no te sujeta bien el pie, estarás expuesto a una posible sanción.

Conducir con mucha ropa

No hay ninguna normativa de la Dirección General de Tráfico que prohíba llevar un tipo u otro de ropa, dependerá del criterio de los agentes de seguridad, que serán quienes determinen si se incumple o no la normativa principal que puede causar esta multa. El Reglamento General de Circulación no define la ropa que hay que llevar, pero sí obliga a que te permita mantener una adecuada libertad de movimientos. Los agentes pueden interpretar que llevar un abrigo demasiado grueso puede impedir al conductor maniobrar con seguridad y llegar a sancionar por ello. Puede suponer entre 80 y 200 euros de multa.

Arrojar objetos por la ventanilla que puedan provocar incendios

Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir accidentes o incendios conllevará una sanción de 500 euros y la pérdida de 6 puntos en el carné de conducir. Hablamos de lanzar colillas, botellas u otros objetos que pudiesen causar un accidente o un incendio. Esta infracción pasa a considerarse muy grave.

Llevar los pies en el salpicadero

El copiloto con los pies encima del salpicadero es una imagen que los agentes ven en numerosas ocasiones en la carretera. Esta postura para estar más cómodo se convierte en una temeridad porque, asegura la DGT, resta eficacia al cinturón de seguridad. La multa es de 100 euros si vas con los pies encima del salpicadero.

Sujetar el móvil con la mano

En la Ley de Tráfico, la sanción por el uso del teléfono móvil conlleva multa de 200 euros y la retirada de 6 puntos del carné.

Asimismo, se prohíbe sujetar con la mano dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Esta prohibición también tiene validez cuando el vehículo está parado, por ejemplo, en un semáforo con la luz roja encendida.

Lavar el coche en la calle

Muchas ordenanzas de movilidad prohíben expresamente lavar el coche en la calle, porque se ensucia la vía pública. La cuantía de la multa depende del Ayuntamiento, pero el hecho está prohibido por el reglamento general de circulación, lo mismo que, por ejemplo, cambiar el aceite en la calle. En algunos ayuntamientos, la multa puede llegar a superar los 1000 euros en el caso de arrojar residuos peligrosos.

Usar el claxon sin motivo justificado

La sanción por pitar sin que sea necesario advertir de un peligro podría ser de 80 euros. En el caso de usar sonidos estridentes también supone 80 euros de sanción. El Reglamento General de Circulación establece la prohibición de emplear señales acústicas de sonido estridente y sin causa justificada. Tampoco permite hacerlo de forma exagerada y se prohíbe su uso de forma implícita en zonas cercanas a hospitales o residencias de enfermos.

Asimismo, la propia Dirección General de Tráfico (DGT) especifica tres situaciones en las que es conveniente utilizar el claxon como advertencia a los usuarios de la vía o para evitar una situación peligrosa: antes de adelantar a un vehículo de dos ruedas en un paso a nivel o cerca de este; al tratar de evitar un accidente; en vías estrechas con muchas curvas.

No llevar sujeta la carga en las plazas traseras

En ocasiones, solemos meter las bolsas o mochilas en la parte trasera del vehículo para ahorrar tiempo en lugar de meterlas en el maletero. Pues bien, esta práctica que parece inofensiva, es peligrosa porque su caída o desplazamiento puede suponer un accidente o siniestro vial. La ley de Tráfico, Circulación y Seguridad Vial aclara que conducir vehículos con la carga mal acondicionada o con peligro de caída se considera una infracción grave que conlleva una multa de hasta 200 euros.

Dejar el coche aparcado en la calle muchos días

Aunque no se sanciona por ello, en muchas ordenanzas municipales existe un límite de tiempo de estacionamiento en la calle, en el que hay que cambiar el coche de sitio o cerciorarse de que se puede seguir aparcando. Se hace para que la grúa pueda retirar los coches legalmente y sancionarlos cuando hay que despejar esa zona de coches por una mudanza, una obra... Por ejemplo, el plazo en el ayuntamiento de Madrid es de 5 días hábiles, salvo que haya un cambio de señales u ordenación por el que el coche ha quedado mal aparcado, que se reduce a 2 días.

Abandonar el coche en la calle

No abandones tu coche en la calle si ya no lo quieres. La regulación del estacionamiento y retirada de un vehículo por parte de una grúa es competencia municipal, y, por tanto, difiere de un municipio a otro. En algunos, abandonar un vehículo en la calle se considera una falta grave y conlleva multas de entre 751 a 1.500 euros, a los que se pueden añadir multas coercitivas de hasta un valor máximo de 3.000 euros. Además de todos los gastos derivados de su traslado en grúa y estancia en depósitos municipales, que se le cobran al titular del vehículo.

Comer y beber mientras conduces

Por sí mismo no es motivo de multa, pero puede llegar a serlo si pone en peligro la seguridad de la vía. Si comes o bebes mientras conduces, se podría interpretar que este hecho impide mantener la atención permanente a la conducción, que es sancionable. Te pueden multar con 80 euros.

Conducir con una mano o con el brazo en la ventanilla

Sacar la mano o el codo por la ventanilla no es motivo de multa por sí mismo, pero puede estar penado entre 80 y 200 euros, y la posible retirada de 3 puntos del carné bajo la consideración del agente. Se puede interpretar como que no mantienes la posición de conducción adecuada, con ambas manos en el volante.

Circular por el carril izquierdo o central si el derecho está libre

En autovías y autopistas, este hecho reduce la capacidad de la vía y propicia maniobras peligrosas, por lo que está sancionado con 200 euros. El Reglamento General de Circulación es muy claro sobre ello: cuando circulamos por calzadas con varios carriles por sentido, hay que ir por el de la derecha todo lo posible. El resto de carriles a su izquierda son para adelantar, tomar una salida a ese lado o, en caso de gran densidad de tráfico, si no hay otra forma de circular más que repartiéndose a lo ancho de la calzada.

Adelantar por el carril de la derecha en una autopista o autovía

Sobrepasar a otro vehículo por el carril de la derecha es una infracción grave. La multa asciende a 200 euros y la detracción de 4 puntos en el carné de conducir. Una de las excepciones es durante las retenciones por tráfico denso. En este caso adelantar por la derecha no se considera adelantamiento y no sería sancionable. Es lo que se conoce como rebasamiento, y sí está permitido. 

Cruzar fuera de pasos de peatones, caminar por autovías...

Los peatones también pueden ser multados. Por ejemplo, caminar por el arcén de una autovía o por el lado derecho de una carretera les pueden suponer una sanción de 80 euros, mientras que otros aún más graves, como cruzar con un semáforo en rojo o caminar por un carril bici, pueden suponer 200 euros.

Me he olvidado los papeles del coche

Tres son los documentos obligatorios que deben llevar los conductores en el momento de conducir un coche: el permiso de conducción, circulación y la tarjeta de inspección técnica. Los agentes de la Dirección General de Tráfico (DGT) podrán pedirnos cualquiera de estos tres documentos en el momento en el que nos paren.

-Permiso de conducción. La multa por no llevarlo es de 10 euros, aunque puede ascender a 80 si hay algún dato incorrecto o no está actualizado. Si el permiso está caducado, la multa será de 200 euros. En el caso de conducir cuando te han retirado el carnet, la sanción asciende 500 euros y se pierden 4 puntos.

-La Tarjeta de la Inspección Técnica. La sanción por no llevar la tarjeta o el certificado será de 10 euros y si además la ITV está caducada la multa ascenderá a los 200 euros.

-El permiso de circulación. La multa es de 10 euros por no llevarlo y 500 euros por circular sin autorización para ello.

Viajar con la mascota suelta en el coche

La mascota no puede ir nunca en el asiento de copiloto. En este caso la DGT te puede poner una multa de hasta 500 euros, aunque vaya en su transportín. Si tu perro va suelto en los asientos traseros, las sanciones serán de entre 80 euros y 200 euros.

Como bien avisa la DGT: "Cuando viajemos con animales en el interior del vehículo, se colocará un separador que impida que ocasione molestias o pueda ser causa de distracciones. Más de la mitad de los conductores vive situaciones de riesgo por culpa de no llevar a los animales bien sujetos en los vehículos".

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Comentarios 3

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y fumar no?
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En Contra

beber de una lata es una infraccion porque usas una mano.

Pero fumar no, fumar puedes q no pasa nada. y fumar con el brazo fuera del coche tampoco pasa nada. y pitar para saludar a tus colegas tampoco pasa nada. yo eso lo he visto hacer enfrente de la comisaria de policia local de mi pueblo y no le dijeron nada. ni por fumar, ni por pitar, ni por tener el brazo fuera. no hay mas preguntas señoria. de un pais de corruptelas q puedes esperar.

Puntuación 3
#1
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Que conste, que en mi vida he conducido ningún vehiculo, sin llevar como mínimo, una camiseta...No obstante, soy completamente incapaz de imaginar, en el caso de un coche, como, conducir sin camiseta, puede afectar a la libertad de movimiento o al control de este tipo de vehículos...

Puntuación 6
#2
dmd
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En Contra

Al #2, si los asientos son de cuero negro... porque te quedas pegado.

Puntuación -2
#3