Las sociedades de inversión de capital variable, más conocidas como sicavs, se han convertido en objeto de campaña política este año, ya que todos los partidos políticos incluyen en sus programas propuestas para reformularlas, si no reformarlas por sus beneficios fiscales. Ahora bien, ¿es España el paraíso de la inversión colectiva que se pinta? Lo cierto es que no, según los datos de Inverco, el 93% de las instituciones de inversión colectiva (IIC) de Europa -entre las que se incuyen las sicavs- están exentas de tributación en el Impuesto de Sociedades.
"Están en el punto de mira por la demagogia de los políticos", explica Marcos Ojeda, director general de Banco Alcalá, pero "no tienen ninguna ventaja, ya que tributan igual que los fondos", añade. A día de hoy, los requisitos para crear una sicav en España son dos: reunir al menos 100 inversores y un capital de 2,4 millones de euros; y tributan al 1% del Impuesto de Sociedades hasta el momento en que se vendan las participaciones -entonces, tributan al marginal como rentas del capital-.
De hecho, España es el único país, junto con Portugal y Noruega, que está sometido a esta tributación, ya que en otros 19 países de Europa estos vehículos están exentos -ver gráfico-. "No es un impuesto excesivo pero sí penaliza que se pongan en marcha algunas figuras como fondos por compartimentos, por ejemplo", justifica Ángel Martínez Aldama, presidente de Inverco.
Lo cierto es que la exigencia de tener un número mínimo de partícipes tampoco existe en la mayoría de los países de la Unión Europea. En Francia se requieren dos; y Portugal se elevan hasta 100, los mismos que en nuestro país.
"El carácter colectivo no viene determinado en UCITS (la normativa europea) por un número mínimo de inversiones sino porque tengan carácter abierto y el resto de inversiones puedan acceder a ellas", asegura Aldama. Algo que ya cumplen al cotizar en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB), donde los inversores pueden entrar en ellas desde una participación.
De hecho, la CNMV aclara las directrices de ESMA en materia regulatoria al decir que "el vehículo debe regirse por unas normas que no restrinjan el capital a un solo inversor (aunque en la práctica la entidad solo tenga uno)".
En nuestro país, la historia se remonta a 1967, cuando "la legislación estableció que los fondos de inversión tenían que cotizar en bolsa obligatoriamente", el problema es que "cuando dejaron de cotizar no se eliminó ese criterio", puntualiza Aldama.
¿Qué quieren los políticos?
En cualquier caso, prácticamente todos los partidos incluyen en sus programas electorales medidas que penalizan a las sicavs. Unidos Podemos propone regular su régimen fiscal y establecer un porcentaje de participación máximo por inversor del 5%. Un cambio por el que también aboga el PSOE. Los dos partidos de izquierdas coinciden, también, en otra propuesta: establecer un periodo de permanencia máximo sin que tributen las plusvalías acumuladas. Por su parte, el PP es el único que plantea que los accionistas de estos vehículos tengan una participación mínima de la sociedad, mientras que Ciudadanos quiere devolver el carácter abierto a las sicavs, pero no especifica cómo.
La desconfianza de los partícipes ante tal ataque se ha visto reflejada en varios datos. Según los datos de la CNMV, no se creaban tan pocas sociedades desde el año 2012 (17), lo que va unido a la primera caída de partícipes en estos vehículos en cuatro años. Frente al pasado ejercicio, en el que entraron 886 millones de euros netos, en lo que va de año las sicavs sufren reembolsos por valor de 220 millones de euros.