BRUSELAS, 6 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) dictaminó hoy que es ilegal que las horas extraordinarias se paguen más baratas que el resto si esta diferencia afecta a un número considerablemente más elevado de mujeres que de hombres y no está justificada por factores objetivos y ajenos a toda discriminación por razón de sexo.
La sentencia se re refiere al caso de una funcionaria de Alemania, empleada como profesora por el estado federado de Berlín. Entre enero y mayo del año 2000 ejercía su actividad a tiempo parcial y realizó horas lectivas extraordinarias.
La retribución que percibió por este período fue inferior a la que un profesor empleado a jornada completa recibía por el mismo número de horas de trabajo, porque la legislación alemana establece que las horas extraordinarias se pagan a un precio inferior a las horas normales de trabajo.
El litigio entre la funcionaria alemana y el estado federado de Berlín llegó a la justicia alemana, que preguntó al Tribunal de Justicia de Luxemburgo si el principio de igualdad de retribución es o no compatible con una normativa que da lugar a que los funcionarios que trabajan a tiempo parcial reciban una retribución inferior que los que trabajan a jornada completa.
En su sentencia, el TUE recuerda que el principio de igualdad de retribución no sólo se opone a una discriminación directa, sino también a toda diferencia de trato en virtud de criterios no fundados en el sexo, cuando ésta afecte a un número considerablemente mayor de trabajadoras que de trabajadores y no puede explicarse por factores objetivamente justificados y ajenos a toda discriminación por razón de sexo.
La sentencia constata que la menor retribución de las horas extraordinarias produce una diferencia de trato en detrimento de los profesores empleados a tiempo parcial. Esta diferencia de trato puede afectar a un número considerablemente más elevado de mujeres que de hombres, y según el TUE corresponde a los tribunales nacionales verificar si es así.
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