Bolsa, mercados y cotizaciones

La CNMV 'invita' a las empresas a reformular sus cuentas para revisar el dividendo que propondrán a la junta

  • Si es por el impacto del Covid-19, podrán desconvocar dicha junta "por causa de fuerza mayor"
Foto: Archivo.

En la Junta General de Accionistas, las empresas aprueban, habitualmente, las cuentas anuales y el dividendo. En un comunicado emitido este jueves por la tarde, la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) y el Colegio de Registradores de España ponían de relieve que la actual situación, en plena crisis sanitaria del Covid-19, "es una circunstancia absolutamente extraordinaria que normalmente no ha sido tenida en cuenta por las entidades".

Se refieren a que las cuentas de las compañías, que se formulan, por ley, en los tres primeros meses del año, probablemente no hayan recogido todos los posibles efectos de la pandemia sobre sus resultados.  

De ahí que ambos organismos hayan considerado que, "si el órgano de administración lo considera necesario", las sociedades "deberán reformular las cuentas anuales" y modificar la propuesta de dividendo incluida en la memoria. El artículo 38 del Código de Comercio exige la reformulación en determinados casos, por riesgos que se materialicen entre la formulación y la junta, "y el cambio en la PAR [Propuesta de Aplicación de Resultado, es decir, de dividendo] deviene de la materialización del riesgo del coronavirus". 

A las sociedades que ya hubiesen convocado sus juntas generales de accionistas, la reformulación de las cuentas las obligaría a desconvocarlas "por razones de fuerza mayor". Pero esa no es la única opción: también se plantea la posibilidad de que celebren su junta ordinaria, y que dejen para más adelante la aprobación del dividendo. El plazo para hacerlo será el 31 de octubre, "plazo máximo que ha otorgado el real decreto 8/2020, de 17 de marzo, de medidas frente al impacto del Covid-19, a las sociedades cotizadas que hayan cerrado su ejercicio a 31 de diciembre, para celebrar las juntas de accionistas", según aclara Fernando Torrente, socio de Mercantil de Allen & Overy.  

El documento publicado este jueves incide en que "la nueva junta que se convoque podrá incluir una PAR [propuesta de dividendo] distinta de la que incorporaba la convocatoria de la primera Junta. El objeto del diferimiento en la decisión es precisamente poder adaptar la misma al nuevo contexto".

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