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Hacienda libra de la sanción del 150% a quien regulariza

  • Sin recargo por declarar sus bienes en el extranjero fuera de plazo
Foto: Archivo

Hacienda no está aplicando la sanción del 150% de recargo a los contribuyentes que, antes de presentar fuera de plazo la declaración de bienes en el extranjero (Modelo 720), han declarado y pagado el incremento no justificado de patrimonio de esas rentas.

Así, lo ha reiterado el director general de la Agencia Tributaria en las reuniones mantenidas con los asesores fiscales desde el pasado mes de junio, y así consta en un informe interno de la Dirección General de Tributos (DGT), previo a estas reuniones.

Las rentas pueden estar prescritas en la declaración de 2012 - primera no prescrita en que es aplicable la norma- o no prescritas -en el ejercicio en que se obtuvieron-, con lo que se les aplica un recargo del 20% (artículo 27 de la Ley General Tributaria) y los intereses de demora correspondientes.

Pagar antes del requerimiento

Tan sólo quienes no regularizaran su situación antes de recibir un requerimiento de la Agencia, o hayan realizado la declaración de bienes, serán sancionados con el recargo del 150% sobre las rentas obtenidas en el extranjero.

En la primer acta que se dió a conocer en junio de este año (ver Iuris&Lex, la revista jurídica digital de elEconomista, de 12 de junio de 2015), el inspector afirmaba que "la sanción del 150% también se puede evitar, si antes de presentar la declaración de bienes en el extranjero, el contribuyente regulariza su situación", es decir, presenta una declaración complementaria en la que imputa el dinero en el extranjero como una ganancia patrimonial no justificada

La medida afecta a contribuyentes con bienes en el extranjero superiores a 50.000 euros y no presentaron la declaración fiscal informativa del modelo 720 en el ejercicio 2013 o 2014. Esta interpretación de Hacienda llega después de las denuncias realizadas por los asesores fiscales ante la Comisión Europea, que considera desproporcionadas las sanciones.

La Agencia sanciona por no acreditar que la titularidad de las acciones y participaciones obtenidas correspondan a rentas declaradas u obtenidas en periodos impositivos en los que no tuviese la condición de contribuyente por el IRPF.

La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas (LIRPF) no permite acreditar que las ganancias patrimoniales no justificadas derivadas de bienes o derechos situados en el extranjero se poseían desde un periodo prescrito y, por tanto fuera de tributación.

Por ello, la presentación extemporánea de la declaración informativa no evita el cumplimiento de la obligación material de pago del impuesto, no determina la exoneración de los establecido artículo 39.2 de la LIRPF, cuyo presupuesto de hecho es que "no se hubiera cumplido en el plazo establecido al efecto la obligación de información". Otro caso distinto es de las sanciones sobre los errores introducidos en la declaración de bienes, que pueden llegar hasta los 1.500 euros como tope máximo.

'Carácter formal'

Señalaba el inspector antes citado, en el primer acta sancionadora conocida, que la declaración informativa, con el modelo 720, tiene para Hacienda un mero carácter formal, mientras que el IRPF tiene naturaleza material y sustantiva. Consideraba, por tanto, que se trata de obligaciones diferentes. Por ello, manifestaba que no se sanciona dos veces por el mismo hecho, que son dos hechos diferentes.

El acta de Hacienda aseguraba que "se podrá sancionar de forma independiente por no presentar o presentar de forma extemporánea la declaración informativa y por no declarar la correspondiente ganancia de patrimonio no justificada".

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Comentarios 10

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Anti CORRUPCIÓN
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Está claro que con Montoro y su Gobierno, a quien tiene dinero le sale más barato, primero defraudar, y luego regularizar.

Así nos va al resto de tontos que entre todos pagamos a tanto h.d.p.

Puntuación 14
#1
Bucan
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Lo de rellenar el 720 por tener cuentas en el extranjero es demencial.

Montoro ha considerado "extranjero" a bancos de la Eurozona.

Vaya mentalidad. Vaya forma de hacer más Europa.

Para el PP se ve que Europa sigue empezando en los Pirineos.

Puntuación 30
#2
el masca
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Claro lo tiene mas fácil que multe a mi hijo que se acaba de hacer autónomo y ha tenido el error en una factura de no saber aplicar el porcentaje de IRPF que le correspondia, eso si han sido rapidísimos y me meto la lengua en el culo porque si hablo de gente inmigrante de mi barrio posiblemente vaya al trullo ESTO ES LA MARCA ESPAÑA, ¿beneficios? para los demás que llegan fuera, para los que somos de aquí TRAYA de estos SINVERGUENZAS

Puntuación 31
#3
pepitogrillo123
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Este puto MONTORO es un asqueroso, que a sus amigos los les perdona las multas que deberían de pagar por delincuentes pillados infragantis, y a los trabajadores de este país les hace la paralela por 150 €, ojalá y Dios te dé una mala muerte.

Puntuación 22
#4
Normal
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Es lógico. Saben que es inconstitucional (lo declararon imprescriptible, es decir, mata a una persona y a los 30 años no pasa nada. Olvidate del modelo 720 y a los 40 años sigues siendo culpable) y por eso no lo persiguen. Además saben que de llegar al TJUE lo tirará abajo sin ni siquiera escuchar los argumentos de Montoro, dada la flagrante ilegalidad del modelo 720 y de su total incompatibilidad con la libre circulación de bienes, servicios, personas y capitales dentro de la UE.

Por no hablar del tema más importante ¿quién se cree Hacienda que es para saber lo que cada uno tiene en el extranjero? Si se declaran los ingresos correctamente ¿por qué demonios hay que detallar los bienes?

Conforme vaya pasando el tiempo espero que todas y cada una de las medidas tomadas por Montoro sean declarara ilegales por los tribunales. Los contribuyentes, por increíble que parezca, tenemos derechos. Entre ellos el de la presunción de inocencia. Es Hacienda la que debe demostrar nuestra culpabilidad y no al revés, que nosotros debamos demostrar la inocencia y que todo esté lleno de presunciones a favor de Hacienda que hace que no se pueda valorar a valor real ninguna operación.

Puntuación 29
#5
Bárcenas
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5 Las cuentas en Suiza (la mayoría) no están en la UE.

Puntuación 7
#6
Lord
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Mucho peperro con declaracion de bienes a destiempo. Si no, no se entiende esta nueva amnistía.

Puntuación 7
#7
A Montoro
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La inmobiliaria Olmos de Armilla cobra las comisiones en negro y no paga a hacienda.

Puntuación 2
#8
XENI
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Como no, para estos "señores" España son ellos, sus familias, sus amigos y aquellos de los que cobran ( en negro claro ), es fácil adivinar en que grupos están la mayoría de los que tienen dinero en el extranjero y teniendo en cuenta que ellos siempre buscan el bien de España ( naturalmente la suya ) esta medida esta en su línea.

Ahora bien si el resto de los ¿ españoles ? nos retrasamos un día en pagar autónomos, seguridad social, o cualquier impuesto, la multa no te la quita nadie.

Luego andan quejándose de lo que llaman partidos populistas, cuando saben perfectamente que son ellos y sus actuaciones quienes los han hecho emerger, aunque no es de extrañar dado que una y otra vez nos siguen mintiendo descaradamente y pretenden que no pase nada, no nos tienen ningún respeto.

La revolución está servida, ¿ cuando estallará ?, si siguen en esta línea cada vez falta menos, mucho menos.

Puntuación 4
#9
es una normativa anti-ue
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Efectivamente #2, y #5, es una ley que exige un requerimiento en Europa que no se exige en España. Si se exigiera rellenar el papelito también a todos los que tienen bienes en España, sería otra cosa.

En el caso de los bancos, es un freno a la competencia, ya que ¿qué más da que yo tenga mi dinero en cualquier banco de la eurozona, o una hipoteca, o acciones, o cualquier cosa? Esta normativa frena la competencia, y debería ser investigada por la Dirección General de Competencia de la Unión Europea.

Lo que sí que se debería hacer es mejorar el intercambio de información fiscal entre bancos de la zona euro ...

Puntuación 2
#10