
El Consejo General de Economistas de España ha solicitado al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital que durante este ejercicio se mantenga la suspensión del artículo 363 de la Ley de Sociedades de Capital. al igual que hizo el pasado año.
Este artículo establece que las sociedades están obligadas a convocar una junta general en el plazo de dos meses y acordar su disolución o instar el concurso cuando sus pérdidas dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social.
En el transcurso del IX Foro de Pequeños Despachos de Auditores, que se celebró ayer en Roquetas de Mar (Almería), los ponentes han coincidido en que "tal como está redactada la norma mercantil –y sobre todo como la interpreta el Ministerio–, si esta no se modifica, las empresas se verán abocadas a recuperar en un tiempo récord las pérdidas del ejercicio precedente, pues estas computarán en los balances de las compañías como pérdidas de ejercicios anteriores.
Valentín Pich, presidente del Consejo General de Economistas de España, por su parte, ha afirmado que "las empresas –y, en particular las pymes– aún no han podido generar los suficientes rendimientos para compensar todas las pérdidas acaecidas en 2020 –y algunos sectores todavía tendrán resultados negativos en 2021–, por lo que necesitan un mayor margen de maniobra si no quieren verse abocadas a la disolución, aunque sean perfectamente viables".
Para Pich, "las empresas deben poder disponer de esta flexibilidad normativa, al igual que se hizo en la crisis financiera de 2008 –en la que una medida en este mismo sentido se prorrogó sucesivamente hasta 2015–, pues la Ley de Sociedades de Capital no está pensada para supuestos tan extremos como los derivados de una pandemia mundial".
Para los auditores, la medida propuesta no es nueva, pues se pueden encontrar antecedentes en la crisis financiera del 2008. En aquel momento, el Real Decreto-ley 10/2008, de 12 de diciembre, ya dispuso, entre otras medidas, que no se computaran las pérdidas por deterioro reconocidas en las cuentas anuales, derivadas del Inmovilizado Material, las Inversiones Inmobiliarias y las Existencias, en los dos ejercicios sociales siguientes, a los efectos de la causa de disolución prevista en el art 363.1.e) de la LSC.
Esta medida excepcional fue objeto de sucesivas prórrogas, en concreto hasta 2015, a causa de los efectos económicos y de la magnitud de la crisis financiera de la pasada década.
"Las empresas deben poder disponer de esta flexibilidad normativa, al igual que se hizo en la crisis financiera de 2008, pues la Ley de Sociedades de Capital no está pensada para supuestos tan extremos como los derivados de una pandemia mundial", ha concluido Pich.
Preocupaciones profesionales
El presidente del Registro de Economistas Auditores (REA), Calos Puig de Travy, explicó que "hoy en Europa surge de forma importante la necesidad de `pensar primero en pequeña escala´ y se vuelve a plantear de forma intensa el problema de la concentración del mercado de auditoría, y se enciende la alarma del riesgo sistémico derivado de esta alta concentración del sector".
A este respecto, Puig de Travy ha expresado su deseo de que "la UE, los gobiernos de los diferentes países, los organismos internacionales, los reguladores y las corporaciones de auditores se tomen en serio esta problemática y se actúe de una forma eficaz para resolverla". "La auditoría fue, es y será una actividad de gran valor añadido y es imprescindible para la estabilidad económica y para la sociedad en general", ha concluido.
Finalmente, Juan Carlos Robles, presidente del Registro de Economistas Forenses (Refor) ha lamentado que en la reforma concursa, a la figura del experto en reestructuración, que tendrá que intervenir en el 90% de los procedimientos, el anteproyecto le dedica solo tres líneas para definir sus funciones.
Relacionados
- Es fraudulento que una fundación intermedie con una sociedad mercantil para construir un edificio
- El sueldo del consejero ejecutivo puede aprobarse sin la Junta
- Los comités de auditoría del Ibex mejoran en responsabilidad fiscal
- Los auditores denuncian indefinición sobre quien verifica la información no financiera