
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Orden HAC/836/2021, de 9 de julio, por la que se aprueban las normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público local, que entrarán en vigor a partir del próximo 1 de enero de 2022, aunque para las Entidades de menos tamaño se prevé una entrada de las medidas de forma escalonada.
Las entidades del sector público local, distintas de las sociedades mercantiles, que estén sometidas a la normativa mercantil en materia contable y que, como dominantes, formen grupo con otras entidades sometidas también a dicha normativa, deberán aplicar estas normas para la formulación de sus cuentas anuales consolidadas.
Además, el personal encargado de la consolidación de cuentas deberá poseer un adecuado nivel de cualificación profesional, al tiempo que se garantiza que la Intervención General de la Administración del Estado habrá de contribuir programando iniciativas de formación, sin perjuicio de la que puedan promover otros agentes implicados en la formación de los funcionarios que desempeñen las tareas de consolidación de cuentas.
La Intervención General del Estado velará por la formación del personal
Hacienda justifica en la Orden que la normativa contable sobre consolidación de cuentas en el sector público local no ha seguido un proceso de reforma y modernización similar al de la normativa contable general que se ha centrado en mejorar la calidad de la información incluida en las cuentas anuales individuales de entidades locales y organismos autónomos, así como en la puesta a disposición de la misma información a sus usuarios, y sólo cuando, en los últimos años, se han logrado importantes avances en la calidad de la información contable y en la puesta a disposición de ellos, se ha planteado la conveniencia de avanzar también en la elaboración de cuentas anuales consolidadas.
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