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La Constitución cambiará su texto sobre personas con discapacidad

  • El Consejo de Ministros aprueba la reforma del artículo 49 con la colaboración del Cermi, como representantes del sector
Una silla de ruedas. Firma: EP/Cermi.
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El Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de reforma del artículo 49 de la Constitución Española, relativo a la protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad en España.

La reforma del artículo 49 de la Constitución Española se ha realizado a partir de la propuesta de la Comisión para las políticas integrales de la discapacidad y ha contado con la participación del colectivo de personas con discapacidad, representado por Cermi.

Con esta reforma, se modifica la estructura del artículo en coherencia con la multiplicación de los enfoques desde los que se aborda la discapacidad. Así, se divide el precepto en cuatro apartados, cada uno de los cuales refleja una dimensión diferente de la protección de las personas con discapacidad.

Se indica que: "Las personas con discapacidad son titulares de los derechos y deberes previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad real y efectiva, sin que pueda producirse discriminación".

Se regula que los poderes públicos realizarán las políticas necesarias para garantizar la plena autonomía personal e inclusión social de las personas con discapacidad. Y se dictamina que estas políticas respetarán su libertad de elección y preferencias, y serán adoptadas con la participación de las organizaciones representativas de personas con discapacidad en los términos que establezcan las leyes. Y se hace una mención especial al decir que se atenderán particularmente las necesidades específicas de mujeres y niñas con discapacidad.

Se regula que se realizarán políticas para la plena autonomía personal e inclusión social

En el tercero de los apartados se determina que se regulará la especial protección de las personas con discapacidad para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes. Y, finalmente, se hace referencia a la dimensión internacional bajo la que se incluye la regulación de las personas con discapacidad , indicando que "gozan de la protección prevista en los tratados internacionales ratificados por España que velan por sus derechos."

En la elaboración del texto, se modifica la terminología para referirse al colectivo de las personas con discapacidad. Así, se actualiza el lenguaje de una forma que refleja los valores de la Constitución y de dignidad del colectivo.

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