Ecoley

Los 'transfugas' no pueden asumir cargos mejor pagados

  • Sí que se les permite que formen parte de comisiones informativas
Sede del Tribunal Supremo. eE
Madridicon-related

El pase a la condición de concejal no adscrito de un tránsfuga, "impide que asuma cargos o que perciba retribuciones que antes no ejercía o percibía e impliquen mejoras personales, políticas o económicas, aunque si que puede incorporarse a las comisiones informativas, según determina el Tribunal Supremo, en una sentencia de 26 de octubre de 2020.

El ponente, el magistrado Requero Ibáñez, dictamina que el alcance del límite previsto en el artículo 73.3.3º de la Ley reguladora de las bases del Régimen Local (LRBRL) "se interpreta en el sentido de que las limitaciones que impone al concejal no adscrito no puede afectar a los derechos políticos y económicos ligados al ejercicio del mandato representativo otorgado por los electores como concejal electo".

Razona que este artículo, en concreto, que los derechos económicos y políticos del concejal no adscrito no puedan ser superiores a los que le hubiesen correspondido de haber permanecido en su grupo de procedencia.

Se trata de una consecuencia del Acuerdo 7 de julio de 1998 firmado por varios partidos políticos y renovado en 2006

Considera el ponente, que el citado artículo tiene una intención disuasoria del transfuguismo, idea que recoge la doctrina del Tribunal Constitucional y la jurisprudencia del TS.

Añade que se trata de una consecuencia del Acuerdo 7 de julio de 1998 firmado por varios partidos políticos y renovado en 2006, asentado en la idea de que el transfuguismo implica una alteración o falseamiento de la representación política, al suponer una actuación desleal hacia la voluntad que los ciudadanos manifestaron con sus votos. Sin embargo, establece que las comisiones informativas son un caso aparte ya que no son órganos decisorios y se integran por miembros de la Corporación; pueden ser permanentes o puntuales y su actuación es previa a los Plenos: desde ellas los concejales ejercen su función de estudio, informe o consulta sobre asuntos que sometidos al Pleno o a la Junta de Gobierno.

WhatsAppFacebookFacebookTwitterTwitterLinkedinLinkedinBeloudBeloudBluesky