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La OCDE abre una consulta sobre el tipo fiscal mínimo para multinacionales

  • Con esta medida pretende desincentivar la competencia impositiva entre países
  • El plan llamado GloBE intenta evitar las medidas unilaterales no coordinadas
Foto: Archivo.

La Secretaría de la OCDE ha abierto una consulta pública, hasta el 2 de diciembre, para garantizar que los beneficios de las multinacionales estén sujetas a un tipo impositivo mínimo. Esta tasa impositiva mínima sobre todos los ingresos reducirá el incentivo para la búsqueda de beneficio fiscal al establecer un suelo que evite la competencia impositiva entre jurisdicciones.

Se persigue que la falta de una solución coordinada y multilateral, lleve a la adopción de medidas unilaterales no coordinadas, tanto para atraer una mayor base impositiva como para proteger la base impositiva existente, con consecuencias negativas para todas las jurisdicciones.

La propuesta, bautizada como GloBE pretende abordar los retos pendientes de las BEPS (medidas contra la deslocalización de beneficios) relacionados con la digitalización de la economía, pero va aún más allá y aborda estos retos. La OCDE considera que es necesario adoptar medidas a nivel mundial para poner fin a una carrera perjudicial hacia la rebaja continua de los Impuestos sobre Sociedades, que corren el riesgo de trasladar la carga de los impuestos a bases menos elevadas y puede plantear un riesgo especial para los países en desarrollo con economías pequeñas.

Dependiendo de su diseño, la propuesta GloBE busca proteger a los países en desarrollo de la presión de ofrecer incentivos fiscales ineficientes. La propuesta del GloBE se basa en la premisa de que, a falta de una solución coordinada y multilateral, existe el riesgo de que se produzca una descoordinación unilateral.

Se propone una regla de inclusión de ingresos que gravaría los ingresos de una sucursal extranjera o de una entidad controlada si dichos ingresos estuvieran sujetos a un tipo impositivo efectivo inferior a un tipo mínimo.

También, una norma de pagos por debajo del nivel de los impuestos que funcionaría mediante la denegación de una deducción o imposición de impuestos basados en la fuente (incluida la retención en origen) por un pago a una parte vinculada si dicho pago no estuviera sujeto a un tipo impositivo igual o superior a un tipo mínimo.

Se introducirán convenios fiscales de una norma de conversión que permita a una jurisdicción de residencia pasar de un método de exención a un método de crédito cuando los beneficios atribuibles a un establecimiento permanente (EP) o derivados de un bien inmueble (que no forme parte de un EP) estén sujetos a un tipo efectivo inferior al tipo mínimo.

Y, finalmente, se incluye una norma fiscal que complementaría a la norma del pago de impuestos rebajados, sometiendo el pago a retención u otros impuestos en origen y ajustando la elegibilidad para recibir beneficios en los que el pago no deberá estar sujeto a un tipo mínimo de impuesto.

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