Legal

La condena de 80 años al asesor de Ana Duato despierta el terror en el sector

  • Se pone el foco en el papel del fiscalista que puede verse arrastrados por el delito del cliente
El asesor fiscal y dueño del despacho Nummaria, Fernando Peña. | EP
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La sentencia del caso Nummaria que ha condenado a su cabecilla, el fiscalista Fernando Peña, con 80 años de cárcel por utilizar una estructura societaria internacional para eludir impuestos tanto propios como de sus clientes, entre los que destacan Imanol Arias o Ana Duato, despierta la preocupación entre los profesionales del sector.

El fallo supone un aviso para navegantes para los asesores, pero también para los contribuyentes y la propia Agencia Tributaria.

Sienta un precedente al ser el primer caso en el que se impone una condena penal tan elevada a un fiscalista y deja claro que tanto los clientes pueden verse arrastrados por lo que hagan sus asesores, como a la inversa.

El principal riesgo que deja el fallo de la Audiencia Nacional del pasado 5 de julio para los fiscalistas es que asienta que a partir de ahora el foco se también se pone sobre su trabajo y no solo en sus clientes por los delitos cometidos.

Esaú Alarcón, abogado fiscalista en Gibernau y profesor de Derecho Tributario en la Universidad Complutense de Madrid, explica que desde que el Tribunal Supremo condenó en 2023 al futbolista Leo Messi por tres delitos contra Hacienda por defraudar 4,1 millones la figura del asesor se colocó "en la punta de la navaja". El magistrado Manuel Marchena, ya cuestionó entonces por qué no se había imputado al fiscalista. "Eso sirvió para que una parte de los profesionales que hacía ingeniería fiscal dejaran de hacerlo y que el asesoramiento fuera más bien neutral", indica Alarcón.

Sin embargo, en el caso Nummaria se fue ya directamente contra el asesor ya que no solo utilizaba esta estructura societaria opaca con tentáculos en Costa Rica, Reino Unido, Canadá, Uruguay y Luxemburgo para beneficiar a sus clientes, también para sí mismo. De la condena de 80 años, 32 años corresponde a la elusión de 16 millones de euros en IRPF e IVA propios y del despacho Nummaria, y los restantes 48 años, como cooperador necesario de los delitos de sus clientes.

Además, según el experto, el fallo también asienta que el asesor puede verse arrastrado por lo que hagan sus clientes. "Lo normal es que si se absuelve al cliente, el asesor quede absuelto", indica Esaú Alarcón. Y esto es lo que ha pasado con el caso de Ana Duato. La Audiencia absolvió a la actriz al considera que, por su profesión, no tenía por qué tener conocimientos de fiscalidad ni se ha constatado que supiera que su asesor estaba realizando una maniobra defraudatoria. Peña ha quedado también absuelto en lo que respecta al caso de Duato.

No obstante, añade el experto, "si se condena al cliente se puede llevar por delante al asesor como cooperador necesario". Y esto es lo que ha ocurrido en el resto de casos, como el de Imanol Arias, en los que la audiencia a condenado a los contribuyentes y a Fernando Peña como cooperador necesario del delito. Arias acordó con la Fiscalía la confesión de los delitos para reducir la pena.

Según Esaú Alarcón, esta sentencia y su repercusión mediática demoniza la figura del asesor fiscal, cuando la mayoría de profesionales ejerce su labor con el debido respecto al ordenamiento vigente.

Inseguridad para el cliente

Y esta última vertiente abre a su par un riesgo para los clientes ante la inseguridad y el desconocimiento de si la labor de su asesor entra dentro de los márgenes legales o es irregular. El fiscalista recuerda que esta profesión no está regulada y cualquier puede dedicarse a ella, tenga o no título universitario. Aunque este no era precisamente el caso de Fernando Peña que es inspector de Hacienda, fue primero en su promoción, y además uno de los fundadores y presidente del Registro de Economistas de Asesores Fiscales (REAF).

Perjudica también a Hacienda

Finalmente, la sentencia perjudica especialmente a la Agencia Tributaria ya que anula el delito penal a Ana Duato bajo el argumento de que la actriz declaró ante el fisco todas sus rentas, aunque se aplicara deducciones indebidas.

Concretamente, Duato utilizó la estructura creada por Fernando Peña para transformar una parte de las rentas de su trabajo como actriz en renta vitalicia (producto de ahorro que permiten recibir un dinero fijo hasta el fallecimiento). De este modo, declaró las ganancias obtenidas de dos formas, una parte como lo que realmente eran, ingresos por su trabajo, pero la otra como rentas vitalicias por las que podía aplicarse una deducción del 60%. Es decir, solo tributaba por el 40% de estos ingresos.

El juez dice que como la actriz declaró todo el dinero que ganó (aunque de forma incorrecta) no hay mala fe y, por tanto, tampoco hay delito penal.

"Esto es un poco peligroso, porque puede favorecer que cualquier contribuyente vaya a un asesor y pida declarar toda la renta, pero con cualquier beneficio fiscal inventado. Se lanza el mensaje de cmo se es declarante, no hay ocultación, no hay mala fe y, por tanto no hay delito", concluye el abogado fiscalista en Gibernau.

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