
La Dirección General de Tributos (DGT), órgano directivo del Ministerio de Hacienda, aclara en qué Comunidad Autónoma (CCAA) debe el beneficiario de una donación tributarla cuando quién la realiza vive en otra CCAA distinta.
El organismo, en una consulta del 2 de enero, señala que la Ley de 2009 sobre el sistema de financiación de las CCAA determina qué región es la competente para recaudar un tributo.
De este modo, respecto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones, la norma establece que si lo que se dona es un inmueble, la persona que lo haya recibido deberá pagar el tributo en la CCAA en la que se sitúe dicho inmueble.
Sin embargo, si lo que se dona es un bien mueble, es decir, aquellos que pueden trasladarse como puede ser simplemente dinero o un vehículo, la persona que recibe la donación debe tributarla en la CCAA en la que tenga su residencia habitual, independientemente de donde esté empadronada.
La Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones considera como vivienda habitual aquella CCAA en la que la persona haya residido un mayor número de días en los últimos cinco años a contar (hacia atrás) desde que recibe la donación.
"La donación de una cantidad de dinero, que es un bien mueble, tributa en la Comunidad Autónoma donde radique la residencia habitual del donatario y se puede aplicar la normativa de esta Comunidad. En cuanto a la residencia habitual, se considera que está situada en la CCAA donde el donatario haya permanecido más tiempo de los últimos cinco años, a contar hacia atrás, desde el día en que se realice la donación", concluye Tributos.
El órgano responde así a una mujer que estaba empadronada en Barcelona, pero que residía y trabajaba en Murcia, por tanto, donde tenía su domicilio fiscal de cara a la Agencia Tributaria, y que iba a recibir una donación de dinero de sus padres. La contribuyente quería conocer dónde debía tributarla.
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