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La justicia frena las regularizaciones de Hacienda a extranjeros por tener casas a través de empresas

  • Exige pruebas que demuestren el ahorro de impuestos de los contribuyentes
Viviendas en Marbella. | Álex Zea
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) exige a la Agencia Tributaria que demuestre el ahorro de impuestos o el fraude para poder llevar a cabo la pertinente regularización tributaria de los ciudadanos extranjeros que compran viviendas de lujo en España a través de sociedades. El tribunal señala que el mero hecho de que Hacienda diga que el contribuyente ha pagado menos en el Impuesto de la Renta de No Residentes (IRNR) porque la sociedad (100% del extranjero) era la dueña del inmueble, es insuficiente.

El TSJM, en una sentencia del 30 de octubre, resuelve el caso de un ciudadano ruso dueño de una sociedad que, a su par, tenía otra empresa con un apartamento de lujo en Marbella. El ciudadano vivió de alquiler en el inmueble pagando una renta a la empresa, hasta que la primera sociedad dueña vendió la firma, con el piso incluido.

La Agencia Tributaria, tras una inspección, regularizó a la empresa que tenía el inmueble en Marbella y al ciudadano ruso porque consideró que se estaba "simulando" una operación de alquiler para evitar pagar impuestos. De un lado, Hacienda dijo que la empresa no realizaba una actividad real de arrendamiento y que, por tanto, no podía tributar en el Impuesto de Sociedades los ingresos por el alquiler ni deducir los gastos del inmueble.

Del otro, señaló que el dinero que pagaba el ciudadano en concepto de renta a la empresa era realmente una cuantía para pagar la nómina y Seguridad Social de la persona que la firma tenía contratada para el mantenimiento del inmueble. El fisco consideraba que el contribuyente tenía que tributar por el IRNR las rentas obtenidas por explotar el inmueble y las ganancias que logró tras vender la empresa que tenía el inmueble.

Sin embargo, el fallo del TSJM concluye que la sociedad sí que contaba con medios materiales y personales para desarrollar la actividad de alquiler del inmueble, ya que estaba dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas y, además, tenía contratada a tiempo completo a una persona para que llevara la gestión del inmueble en Marbella. "La Agencia Tributaria afirma en el acuerdo de liquidación que, en realidad, el pago de la renta lo que ocultaba era el pago al trabajador de sus salarios y los gastos de la vivienda que ocupaba, pero no acredita dichas afirmaciones", dice la sentencia.

El tribunal indica que con las pruebas aportadas por Hacienda es "imposible apreciar" que se produjo una simulación en el arrendamiento del inmueble titularidad de la entidad, que a la par pertenecía al contribuyente ruso.

A juicio del TSJM, el hecho de que una empresa fuese titular del 100% de las acciones de la entidad que tenía el piso y que esta primera empresa perteneciera al 100% al ciudadano ruso "no puede implicar, sin más, que se estuviese produciendo una simulación u ocultación".

Según el fallo, se había informado de que el contribuyente era el dueño de las firmas, con lo cual la titularidad no fue ocultada, "con lo que no puede afirmarse que se haya justificado que la actora fuese una sociedad pantalla o ficticia, únicamente utilizada para que el ciudadano obtuviese una ventaja fiscal, máxime cuando esa ventaja fiscal, en contra de lo exigido por la jurisprudencia [...] tampoco se ha justificado".

La sentencia señala que "no basta con afirmar que la tributación por el Impuesto sobre Sociedades de la operación arrendamiento constituía un ahorro fiscal en relación a la tributación en el IRNR del socio, y debió de motivarse con datos". Por lo que anula las regularizaciones practicadas por Hacienda.

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