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Alberto Salas, presidente de Adevi: ""La gente debe saber que con el retraso de la reforma del Baremo se perjudica a las víctimas"

  • Revista de Buen Gobierno, Iuris & Lex y RSC
  • "No se está dando la importancia que tiene la reforma, ya consensuada por todos los que han intervenido en la Comisión"
     
  • "El seguro obligatorio para patinetes  es necesario regularlo para velar por los derechos de víctimas y responsables"
Foto: eE

Adevi es una Asociación de Abogados de Víctimas de Responsabilidad Civil. La entidad no pertenece a ninguna compañía aseguradora y es la única exclusivamente dedicada a las víctimas de accidentes de tráfico, que en la actualidad se encuentran en plena campaña por lograr la aprobación de la mejora del Baremo.

Las asociaciones de conductores y víctimas de accidentes llevan desde 2021 esperando que el Gobierno apruebe la mejora del Baremo sin conseguir que la norma, consensuada en el seno de la Comisión de Expertos, vea la luz y se eleven las indemnizaciones. Este retraso afecta, principalmente a los grandes lesionados. Una de las ideas que los expertos han puesto sobre la mesa en su informe es la necesidad de una revisión periódica de las bases técnicas actuariales, de acuerdo con el IPC.

Además, los expertos consideran que se debería también proceder a la unificación de la terminología legal relativa a los informes médicos para aclarar las bases a aplicar y evitar litigiosidad. Para hablar sobre este asunto hablamos con Alberto Salas Martínez, abogado especializado en la defensa de las víctimas de accidentes de tráfico y presidente de la Asociación de Víctimas de Accidentes de Trabajo, que es la única asociación nacional de este tipo de víctimas.

¿Qué ocurre con la mejora del Baremo y para cuando esperan que se apruebe?

Llevamos esperando bastante tiempo que el Gobierno reforme el baremo, que se ha propuesto a través de la Comisión de Expertos de Seguimiento del Baremo de Automóviles, Se han aprobado 50 medidas de forma unánime por esa Comisión, que está compuesta por miembros de las propias aseguradoras, de los distintos Ministerios afectados y de las asociaciones de víctimas.

Y no podemos entender que después de tres años de que se propusieron esas reformas, el Ministerio sigue dilatando su puesta en marcha. Ahora ha abierto un nuevo plazo de consultas. Se supone que julio era el último plazo. Sigue dilatando la aplicación de esa norma, que se tramita junto con la transposición de una Directiva. Y no lo entendemos, porque cuando el Gobierno quiere corre para hacer una reforma procesal sobre la que no le preguntó prácticamente a nadie y lo hizo de la noche a la mañana.

En esta cuestión, que estamos todos los agentes implicados solicitando que se haga la ley, pues no hay manera. En breve vamos a sacar un comunicado las asociaciones de víctimas, porque cada día que pasa sin esas medidas se perjudica a las víctimas. Y la población debe saber que con el retraso de la entrada en vigor del baremo de automóviles se perjudica a las víctimas. No se está dando la importancia que tiene la reforma del baremo, ya consensuada por todos los que han intervenido en la Comisión de Seguimiento.

¿El mayor problema de las víctimas de accidentes es el desconocimiento de la póliza contratada?

No. No es el mayor problema, aunque si es cierto que hay algunas coberturas que los asegurados desconocen, sobre todo lo relativo a la defensa jurídica, a la libre elección de abogado y procurador.

El mayor problema que se presenta con las aseguradoras es el pago de las indemnizaciones y su valoración, puesto que es habitual que el sector asegurador minimice o infravalore las lesiones de cara a pagar lo mínimo o, incluso, por debajo de lo realmente razonable.

En el reciente Congreso que han celebrado los miembros de ADEVI se ha abogado por el seguro obligatorio para los patinetes. ¿Por qué lo consideran necesario?

El seguro obligatorio para los patinetes es necesario regularlo para velar por los derechos de las víctimas y de los responsables, porque nos encontramos con que en muchos accidentes, el conductor del patinete, sea menor o no, no es solvente y la víctima se queda desprotegida y sin ningún tipo de indemnización, porque al no ser un seguro obligatorio, aquí no entraría en juego el Consorcio de Compensación de Seguros, como ocurre en cualquier otro tipo de vehículo a motor, como por ejemplo un turismo, un camión, una motocicleta.

Así, nos encontramos con que si una persona no tiene patrimonio no va a poder hacer frente a las indemnizaciones, pero es que en la otra cara de la moneda, y es que esa persona, que ha provocado el accidente tiene que hacerse cargo de todas las indemnizaciones va a perder todo su patrimonio al tener que hacer frente a los pagos. A nadie le entra en la cabeza ir con un vehículo hoy en día sin seguro, porque sería un auténtico problema para la sociedad.

¿Y qué consejo se le puede dar a las víctimas tras un accidente de tráfico?

El mejor consejo es pedir asesoramiento especializado en la materia a algún despacho con objeto que desde el primer momento que los pasos a dar sean los adecuados.¿Se debe exigir una cobertura jurídica independiente?

Esta es una de las mayores controversias que surgen respecto a los seguros ante los accidentes con vehículos. Hay compañías que ofrecen unas coberturas totalmente irrisorias, que no cubren lo que podrían ser unos gastos normales. Por eso a la hora de contratar el seguro hay que ver con que compañía estamos contratando la cobertura. Normalmente ya viene inserta en la propia póliza, aunque se pueda contratar de forma independiente.

El 90% del sector asegurador ya tiene incluida la defensa jurídica junto con el seguro de vehículos. Así, hay que rechazar las coberturas que son manifiestamente insuficientes, como ocurre con algunas compañías que tienen coberturas de 200, 300 o 500 euros para gastos de defensa, que ni siquiera cubren los aranceles del procurador. De hecho, el Supremo ya se ha pronunciado al respecto en el año 2021.

El Alto Tribunal las considera nulas por abusivas, porque vacían de contenido la propia cobertura. Es como si hacemos un seguro de lunas para el vehículo y nos lo limitan a 20 euros. Pues con 20 euros ¿qué lunas le pongo yo al vehículo?. Así, se ha desnaturalizado el seguro. El problema es que nos encontramos con coberturas, para un accidente de moto, por ejemplo, que la indemnización ha sido de 100.000 euros y nos encontramos con 200 euros para gastos jurídicos. ¿Qué novedades piensa que habría que incluir en la legislación para evitar estos problemas en las pólizas?

El asunto es que se debe de legislar para que las pólizas de seguros en casos de siniestros tengan unas cuantías mínimas que garanticen la cobertura de la defensa a las víctimas, ya que en la actualidad no se exige ninguna cantidad y en muchas ocasiones son excesivamente exiguas, La mejor solución pasaría por darle la opción al asegurado para que pueda elegir la cobertura que quiera contratar.

El problema es que muchas compañías, aunque hagas un seguro muy completo, a todo riesgo con daños propios, ya te dan limitada la cobertura por defensa jurídica. La cobertura ya te la dan hecha y eso es lo que hay. Lo que hay que hacer es el cálculo de prima y me da la cobertura a 600, a 1.000 a 3.000 o a 20.000 euros. La prima que permite esa cobertura es escasísima porque con un euro o dos saltamos de 600 a 6.000 euros. Para el asegurado sería más interesante pagar un poquito más y tener unas coberturas mínimamente suficientes.

¿En caso de desacuerdo es mejor acudir a los tribunales o a la mediación?

En caso de desacuerdo, por desgracia, la mediación no está dando los resultados que originalmente eran previsibles. Las ocasiones en que he recurrido profesionalmente a la mediación extrajudicial, la propia compañía de seguros los ha rechazado. No está funcionando. Una vez pasado el trámite preprocesal y al no haberse logrado un acuerdo con la compañía no queda más remedio que irse a la vía judicial.

¿Junto a la responsabilidad civil, que otras coberturas son necesarias en la póliza?

La garantía de responsabilidad civil es una garantía muy alta que viene establecida por ley por lo que no vamos a tener ningún problema. Los problemas surgen con las coberturas adicionales. Nos vamos a encontrar aquí, el citado asunto de la cobertura de defensa jurídica, también el de los daños propios. Se ponen determinadas cláusulas limitativas en determinados supuestos. La cobertura de la asistencia en carretera no siempre es la que el cliente cree que ha contratado en su seguro. Porque te ponen limitaciones de kilómetros y ya no te lo traen a casa y hay que repararlo en el lugar donde se ha averiado.

Hay algunas cuestiones que hay que observar a la hora de contratar una póliza. El caso del vehículo de sustitución, que muchos de los clientes no saben que se puede contratar y, por poco dinero, obtenemos la sustitución por avería o por accidente. En definitiva, que no está nada mal asesorarse con un profesional a la hora de contratar un seguro. Y, por supuesto, aquellas pólizas que tengan unas coberturas cicateras, que no sean transparentes, que limiten los derechos del asegurado manifiestamente lo mejor es desecharlas, aunque nos ofrezcan un precio mejor, porque cuando tengamos un problema no vamos a obtener satisfacción.

¿Es bueno solicitar la libertad de perito, de taller de reparación y de centro sanitario al contratar un seguro de automóvil?

Si hablamos de la responsabilidad civil de un tercero que nos ha dado un golpe tendremos absoluta libertad de coger el taller que queramos. El problema está cuando con cargo a la póliza del propio vehículo, con una cobertura a todo riesgo de daños propios, que nos limite determinados talleres o determinados peritos. Y, obviamente tenemos que poner especial énfasis si queremos que el coche vaya a la casa oficial y que no nos deriven a un taller autorizado de la compañía, porque nos estamos encontrando con que algunas compañías están obligando a sus talleres asociados a poner piezas de marca blanca no originales del fabricante.

¿Y en el caso de incendios o accidentes por causas naturales qué tenemos que esperar de nuestra póliza?

Si no es en el cien por ciento de los casos, casi en el cien por ciento, las pólizas excluyen los fenómenos naturales en los daños de los vehículos. Ahora bien, para eso está el Consorcio de Compensación de Seguros, que se hace cargo de este tipo de calamidades. Ninguna compañía nos va a asegurar un terremoto, o una inundación. Esos daños de los que responde el seguro no están asegurados.

¿Qué papel juegan las exclusiones incluidas en las pólizas?

Tienen una influencia muy importante. Nos van a limitar el derecho a una indemnización derivada de ese contrato de seguro. La Ley establece una serie de requisitos, un control de transparencia y una identificación en póliza de esas cláusulas limitativas, debidamente resaltadas y de las que el asegurado sea plenamente conocedor. Cuando la aseguradora no cumple con los parámetros establecidos por la Ley, en concreto con el artículo 3 de la Ley del Seguro, el cliente puede discutir judicialmente esas exclusiones que no cumplen con la normativa en vigor.

¿Es recomendable guardar el cuestionario previo a la contratación de la póliza?

Este cuestionario se utiliza generalmente para seguros de vida o salud en los que evidentemente las condiciones de salud son tenidas en cuenta por la aseguradora para ver si te asegura o no lo hace ver que te cubre o no te cubre el precio de la prima. Si es cierto que cuando contratamos un seguro de hogar o del vehículo sí que nos van a hacer una serie de preguntas en las que normalmente no hay cuestionario, como, por ejemplo, si el coche lo va a conducir un menor de 25 años o una persona con menos de dos años de carné. Y si es un seguro de hogar, por ejemplo, si la vivienda está conectado a una alarma. Donde sí hay un cuestionario y sí que ha escrito el Tribunal Supremo y otros tribunales es sobre el cuestionario de vida. Si tienes una dolencia anterior a la firma tienes la obligación de revelársela al seguro.

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