Legal

Un juez eleva al TJUE la ley civil porque permite a la banca reclamar comisiones declaradas abusivas

  • Denuncia que el consumidor sigue vinculado a la cláusula abusiva
Una calculadora sobre varios billetes. | iStock
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Un juzgado eleva al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en vigor desde el pasado 20 de marzo, al considerar que permite a una entidad financiera reclamar al consumidor intereses y comisiones que hayan sido declarados abusivos por un juez.

David Lorenzo González, juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Arucas (Canarias) señala en su auto del 30 de junio que las cláusulas abusivas, con arreglo al derecho español y a la Directiva europea, son nulas de pleno derecho y se tendrán por no puestas. Sin embargo, la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el caso de apreciar la abusividad de alguna cláusula, se limita a proponer que el empresario o profesional demandante haga una reducción del importe de la reclamación, al excluir los conceptos derivados de la aplicación de las cláusulas que se estiman abusivas.

El juez señala que el artículo 815.3 de la ley civil no permite un pronunciamiento sobre la nulidad de las cláusulas que se estiman abusivas, que continúan surtiendo efectos y vinculando al consumidor.

"El propio precepto prevé que aceptar la propuesta de reducción no implica renunciar a tales cantidades, y que el empresario o profesional podrá reclamar los conceptos excluidos en el procedimiento declarativo correspondiente", señala.

En consecuencia -añade-, el consumidor o usuario sigue vinculado por las cláusulas que, tras el examen realizado por el órgano judicial, se califican como abusivas.

El auto recuerda que la Directiva europea sobre cláusulas abusivas establece que las cláusulas abusivas no vincularán al consumidor en las condiciones estipuladas por sus derechos nacionales, y que la obligación de los estados miembros es adoptar medidas adecuadas para esa finalidad. Por ello, concluye que es necesario conocer si el Derecho de la UE se opone a la ley civil que solo contempla una reducción de la reclamación de los importes abusivos.

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