
El Juzgado de lo Mercantil nº9 de Barcelona ha dictado la exoneración definitiva de deudas por un importe superior al medio millón de euros para una mujer que había avalado sociedades constituidas con su marido y que quebraron con la crisis de 2008, tras acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. Así lo acredita el auto de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI) que ha emitido el juzgado barcelonés tras la gestión de Soluciona Mi Deuda, un despacho de abogados especialistas en la cancelación de deudas con sede en Sevilla.
La deuda total exonerada asciende a un total de 545.155,75 euros, y tiene como origen la actividad empresarial que desarrollaba anteriormente con su marido. En concreto las deudas provenían de tres sociedades que su marido y ella habían constituido entre 2004 y 2010, y que se vieron afectadas por la crisis financiera del año 2008.
Aunque intentó agrupar sus deudas pendientes en una sola en una operación a largo plazo para así poder cumplir con los pagos, las solicitudes de refinanciación le fueron rechazadas por los distintos bancos y entidades financieras. Recurrió entonces al asesoramiento experto de Soluciona Mi Deuda, explica la legaltech sevillana en un comunicado.
Desde la entrada en vigor de la Ley de la Segunda Oportunidad en España, este tipo de resoluciones posibilitan a particulares y autónomos liberarse de las deudas contraídas de buena fe, una vez acreditada la imposibilidad de afrontar su pago y la inexistencia de delitos socioeconómicos previos, siempre que su deuda no supere los 5 millones de euros.
Empezar de nuevo
Fernando Fernández, CEO de Soluciona Mi Deuda, sostiene que "para muchas personas que atraviesan dificultades financieras, la Ley de la Segunda Oportunidad ha supuesto un recurso fundamental para poder empezar de nuevo y liberarse de las deudas una vez acreditada la imposibilidad de hacerles frente y la inexistencia de mala fe por su parte".
El 6 de febrero de 2024 esta persona consiguió la cancelación con carácter definitivo de los más de 545.000 euros que le reclamaban sus acreedores, reconociendo el juzgado de Barcelona su derecho de exoneración, tal y como contempla la citada Ley de la Segunda Oportunidad.
Una vez dictado el EPI, cualquier persona en la misma situación puede exigir a los acreedores y ficheros que recogen los datos de deudores en impago, como ASNEF, la eliminación de cualquier registro vinculado con las deudas exoneradas por Ley.