
El Ministerio de Hacienda refuerza el control para evitar que los contribuyentes eludan la tributación de los seguros de vida-ahorro, tanto si los tienen en España como en un compañía situada en el extranjero. La Administración encabezada por María Jesús Montero ha aprobado una Orden ministerial por la que se modifican los modelos de declaración 720 (de bienes y derechos en el extranjero) y 189 (sobre valores, seguros y rentas), según publica este martes el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Según Hacienda, el objetivo es evitar "de esta forma que se pueda eludir la tributación por los seguros de vida-ahorro cuyo contenido patrimonial es indudable".
Ambos cambios en los modelos de declaración llegan para adaptarlos a la modificación de 2021 que se hizo sobre la Ley del Impuesto a Patrimonio, que añadió cómo deben valorarse los seguros de vida cuando el tomador del mismo no tenga la facultad de ejercer el derecho de rescate. Esta reforma en Patrimonio se hizo en el marco de la Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal aprobada en julio de 2021.
Así, a partir de la próxima declaración de los bienes en el extranjero, será el tomador del seguro (si la aseguradora está en el extranjero) el obligado a presentar el modelo 720 si es una persona distinta al beneficiario del mismo y conserva el derecho de rescate.
Por su parte, la modificación del modelo 189 de declaración informativa anual acerca de valores, seguros y rentas, consiste en incorporar la obligación de comunicar el valor de la provisión matemática a 31 de diciembre de cada año cuando el tomador del seguro no disponga de la facultad de ejercer el derecho de rescate total en dicha fecha, así como en el caso de que este tomador perciba rentas temporales o vitalicias de un seguro de vida. También se deberá informar de los seguros de vida sin valor de rescate.
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